Ana Estrada sufre desde hace más de 30 años una enfermedad degenerativa. (Foto: GEC)
Ana Estrada sufre desde hace más de 30 años una enfermedad degenerativa. (Foto: GEC)
Redacción EC

La decisión de la Corte Superior de Justicia que otorgó a la ciudadana la posibilidad de acceder a una muerte digna mediante eutanasia fue elevada a la Sala de Derecho Constitucional y Social de la Corte Suprema de Justicia de la República, a fin de que sea revisada debido a que no se presentó ninguna apelación y se ha resuelto inaplicar un artículo del código penal, según lo informó el especializado en derecho La Ley.

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Esta consulta se da en el marco de lo establecido por el Código Procesal Constitucional, según el cual “(…) Las decisiones jurisdiccionales que se adopten en aplicación del control difuso de la constitucionalidad de las normas, serán elevadas en consulta a la Sala Constitucional y Social de la Corte Suprema de Justicia de la República, si no fueran impugnadas. Lo son igualmente las resoluciones judiciales en segunda instancia en las que se aplique este mismo precepto, aun cuando contra éstas no proceda medio impugnatorio alguno”.

Previamente, la Defensoría del Pueblo, la cual lideró la defensa legal de Estrada ante la sala, ya había adelantado que esto se daría debido a que ninguna de las partes apeló el fallo a favor de la ciudadana. En un del mes de marzo, explicaron que esto es así porque se ha ejercido control difuso al haber inaplicado un artículo del Código Penal, norma que tiene rango de ley.

“En esta etapa final del proceso, estimamos que la consulta será también favorable a Ana, hecho que consideramos ineludible por la justicia de la causa y la solidez de los argumentos contenidos en la demanda, los que fueron recogidos en la sentencia y que merecieron el pronunciamiento a favor de las entidades estatales que fueron emplazadas. La decisión, a favor, que emita la Corte Suprema tendrá el carácter de definitivo e inapelable”, se lee en el pronunciamiento.

Percy Castillo, adjunto para los Derechos Humanos de la Defensoría del Pueblo y defensa legal de Ana Estrada,agregó a El Comercio esta tarde que espera que la corte resuelva el caso en el menor tiempo, considerando que, por el estado de Ana, cada día que pasa se afecta aún más su salud. “Reiteramos que debe ser célere porque la situación de Ana así lo demanda, y confiamos que la corte suprema entenderá y hará su mejor esfuerzo para resolverlo lo más pronto que pueda”, dijo.

Una vez que la corte emita el fallo, será una sentencia firme.

La sentencia a favor de Estrada estableció que pueda acceder al procedimiento de la eutanasia sin que se le aplique el artículo 112° del Código Penal, ni al personal médico que la asista.

“Se inaplique el artículo 112° del Código Penal vigente, para el caso de doña Ana Estrada Ugarte; por lo que los sujetos activos, no podrán ser procesados, siempre que los actos tendientes a su muerte en condiciones dignas, se practiquen de manera institucional y sujeta al control de su legalidad, en el tiempo y oportunidad que lo especifique; en tanto ella, no puede hacerlo por sí misma”, se lee en la resolución.

Estrada fue detectada con una enfermedad degenerativa llamada polimiositis a la edad 12 años. Aún así pudo estudiar Psicología y trabajar hasta que esta condición le quitó esas posibilidades. Actualmente, apenas puede moverse, pues se encuentra en un estado de dependencia muy alta, con 20 horas al día postrada en cama.

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