El Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec) empezó a atender de forma presencial desde el pasado 20 de julio.
El Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec) empezó a atender de forma presencial desde el pasado 20 de julio.

El Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec) que extendió hasta el 31 de diciembre la suspensión de los plazos de procedimientos administrativos respecto a la inscripción de los nacimientos ocurridos antes y durante la etapa de aislamiento social obligatorio por la pandemia del coronavirus (COVID-19).

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A través de un comunicado, la entidad remarcó que la medida se apliclará tanto en sus oficinas registrales como en las que funcionan en las municipalidades del país.

Reniec aseguró que esto permitirá que los padres que solicitaron una cita en una de las oficinas registrales de Reniec puedan inscribir el nacimiento de sus hijos y obtener de inmediato el acta de nacimiento respectiva presentando únicamente su Certificado de Nacido Vivo (CNV).

Recordó que la actual legislación establece que una inscripción de un recién nacido tiene carácter ordinario cuando se realiza dentro de los 60 días posteriores al alumbramiento. En caso el nacimiento se produce en un centro poblado o una comunidad nativa, el registro tienen que realizarse antes de que el bebe cumpla 90 días. Pasados estos plazos, la inscripción es extemporánea y el trámite exige requisitos adicionales.

Con el propósito de evitar que dicha normativa genere dificultades en el registro de nacimientos, el Reniec emitió en junio una resolución para establecer que no serán considerados los días comprendidos durante la cuarentena generalizada para el cómputo de los plazos correspondientes a los procedimientos administrativos.

Como la medida fue insuficiente para compensar el atraso en las inscripciones causado por la prolongación de la emergencia sanitaria, el Reniec emitió una resolución jefatural para ampliar la suspensión de los plazos hasta fin de año para el registro de nacimientos y otros procedimientos administrativos.

El Reniec recuerda que para obtener el Acta de Nacimiento no es necesario que el menor de edad esté presente. Asimismo, que para ser atendido en una de las oficinas registrales que se encuentran brindando servicios al público se debe reservar previamente una cita a través de su página web ().

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