Eran cuantiosas sumas de dinero las que ingresaban a diario a las diversas cuentas bancarias que manejaba Rainer Alejandro Quinto. En tan solo 6 años, el fundador de la empresa Natural Plant acumuló cerca de 3 millones de dólares, una fortuna que creció en base a los depósitos continuos que realizaban cientos de incautos a los que engañó con el cuento de la “inversión segura” en el negocio del té verde.
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Su apariencia de empresario exitoso, la vida llena de lujos y los viajes a países como Brasil, Colombia, España, entre otros, que ostentaba en redes sociales, fue el gancho perfecto para terminar por convencer a quienes confiaron en él. Nadie sospechó que el policía en retiro de 34 años encabezaba en realidad un modelo de estafa.
No obstante, el ilegal negocio de Rainer Alejandro quedó al descubierto luego de que la semana pasada fuera detenido por la Policía Nacional tras ser sindicado como responsable de una presunta estafa piramidal de venta de té verde a través de la empresa Natural Plant.
El coronel PNP, Juan Carlos Montúfar, jefe de la División de Investigación de Robos, indicó que los agraviados, algunos de ellos policías jubilados y otros en actividad, entregaron grandes cantidades de dinero bajo la promesa de recibir ganancias del 20% por el monto invertido, algo que finalmente nunca se llegó a cumplir.
“Cautivaba a los agraviados, y en un momento determinado, después de dos o tres meses de haber pagado algunas cuotas, dejaba de cancelar. Venían las estafas tras estafas”, explicó el oficial.
Asimismo, precisó que a fin de llevar a cabo la intervención se produjo un megaoperativo en simultáneo de allanamiento, detención e incautación en cuatro inmuebles ubicados en los distritos de Surco, Rímac, San Bartolo y Lurín. Fue en este último donde finalmente fue hallado Rainer Alejandro.
¿Cómo captaba a sus víctimas?
A través de las redes sociales y conocidos eventos, Rainer Alejandro ofrecía sus servicios de inversión aparentando ser una compañía segura y confiable. No obstante, las constantes denuncias contra el inversionista terminaron revelando la verdad detrás de la empresa ‘Natural Plant’. Además, el acusado también habría estafado a quienes trabajaron con él en algún momento.
Según el Primer Despacho de la Primera Fiscalía Penal de San Juan de Lurigancho Zona Media, Rainer Alejandro ofrecía a sus víctimas una supuesta inversión segura y los convencía de participar, aunque los resultados no eran los que prometía.
La investigación apunta a que Alejandro Quinto habría creado una empresa de fachada dedicada a la elaboración y procesamiento de productos naturales de exportación, la cual habría sido utilizada para captar personas que invirtieran un capital para la exportación.
Algunas figuras públicas hicieron promoción de los productos, como el té verde, a través de la red social de esta empresa Natural Plant. El ofrecimiento que realizaba el policía en retiro a través de un contrato consistía en que el inversionista obtendría la ganancia en 15 o 20 meses aproximadamente.
Sin embargo, Rainer Alejandro no habría devuelto la totalidad de lo aportado por los inversionistas, generando un grave perjuicio a sus víctimas. La Policía Nacional considera que esta persona formaría parte de una organización criminal dedicada a las estafas piramidales.
“Mediante esta empresa, Natural Plant, se mostraba como un inversionista de gran nivel, que tenía en Huancavelica maquinarias importantes. Había construido una imagen de una empresa viable y ganadora para que la gente confíe. Algunos estafados incluso habían trabajado con este señor en algún momento”, detalló Montúfar.
Allanamiento frustrado
Montúfar detalló que el operativo de intervención de Rainer Alejandro estaba programado para el miércoles de la semana pasada, pero decidieron adelantarlo debido a una posible fuga. Tras ser detenido, el implicado fue trasladado a la cuadra 11 del jirón Cristóbal Peralta Sur, en Surco, para continuar con el allanamiento.
No obstante, el oficial PNP contó que se vieron impedidos de seguir con la diligencia ante la ausencia de los abogados del investigado, tal como señala la Ley 32108, referida al crimen organizado.
“No se ha podido realizar ningún registro. La norma exige la presencia de los abogados, ellos precisan que ya van a llegar, no podemos contar con defensa pública porque estamos en un horario no laborable para ellos”, manifestó en ese momento.
Delitos cometidos y sanciones
El abogado penalista Aaron Aleman detalló a El Comercio que en el presente caso se da la presunta comisión del delito de estafa agravada, prevista y regulada en el artículo 196-A del Código Penal. Esto, a razón de que Rainer Alejandro habría obtenido un provecho ilícito millonario a consecuencia de haber mantenido en error a sus víctimas al prometerles ganancias, a pesar de conocer de antemano que ello no se cumpliría.
“El sujeto investigado deberá afrontar un proceso penal en el que de comprobarse su responsabilidad recibiría una pena mínima de 5 años y 4 meses de prisión; ello por cuanto, en la presente causa concurren por lo menos dos agravantes, como lo son que el delito se habría perpetrado con la participación de dos o más personas, así como en agravio de una pluralidad de víctimas”, explicó.
Aleman señaló que esto último tiene una trascendental consecuencia procesal, pues habilitará al Ministerio Público a efectuar un requerimiento de prisión preventiva. Para ello, se deberán probar que existen graves y fundados elementos de convicción que razonablemente vinculan al imputado con el delito, la posibilidad de una sanción a imponerse superior a 5 años de pena privativa de la libertad y el peligro de fuga y/o obstaculización.
“Por otra parte, es menester destacar que en el presente caso es factible aperturar una investigación por la presunta comisión del delito de lavado de activos, dado que, al momento de haberse constituido y empleado una empresa para canalizar, viabilizar y otorgar la apariencia de legitimidad para concretizarse el delito de estafa, se puede sostener que nos encontramos ante un típico acto de conversión, siendo que la pena a imponerse podría ser hasta de 20 años de prisión y 730 días multa”, dijo.
Finalmente, y de manera complementaria, el experto refirió que la Fiscalía de Extinción de Dominio podrá efectuar una demanda y/o requerir una medida cautelar para así poder recuperar los bienes a titularidad del Estado por existir una presunta vinculación delictiva con estos últimos, siendo fundamental un trabajo coordinado con la Unidad de Inteligencia Financiera del Perú (UIF) y los informes de indicios de delito tributario de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT).
Por su parte, el abogado penalista del Estudio Linares, Roberto Noriega, explicó que la denominación “estafa piramidal” pertenece más al ámbito coloquial ya que se trata de una modalidad en la que se crea una pirámide económica en la que todos aportan con un fin común: obtener ganancias. No obstante, dijo que lo que en realidad está ocurriendo es lo que en dogmática penal se conoce como “estafa contractual”.
“Lo que hago es venderte una suerte de negocio en el que somos parte de un contrato, en el que tú me vas a dar dinero y vas a recibir una contraprestación. Te muestro un probable negocio que tiene matices de ser muy bueno y con una supuesta rentabilidad que va a llegar a corto plazo. El detalle es que en verdad el negocio como tal no existe. Desde un inicio el delincuente sabía que lo que iba a hacer era estafarte”, precisó.
Noriega agregó que muchas veces la persona que cometió el ilícito acepta que efectivamente ofreció un producto que tenía apariencia de ser muy bueno y por el cual además los “inversionistas” iban a obtener una gran rentabilidad, pero que este salió mal. Por lo tanto, no se trata de un delito de estafa, sino de una deuda pendiente. De esta manera, tratan de lleva el caso por la vía civil. Finalmente, por deudas no hay prisión.
“Este escenario que intentan crear es el de incumplimiento contractual, en el cual efectivamente algo sucedió para que no se materialicen los acuerdos o tratativas de un contrato comercial que puede ser por escrito o verbal. En cambio, la estafa contractual sí es delito, es cuando el sujeto desde un inicio ya sabía que iba a defraudar a los demás. No es que a mitad de camino algo pasó y esto generó el incumplimiento de la contraprestación”, dilucidó.
En ese sentido, el camino para que la justicia compruebe que estamos ante una estafa contractual es el siguiente: la Fiscalía va a aperturar una investigación y disponer diligencias preliminares. Allí hí se van a realizar toma de declaraciones, tanto de los agraviados como del investigado, realizar pericias, recabar documentos para verificar si la empresa existía, si tuvo movimientos tributarios. Puedo existir en registros públicos pero podría no hallarse ningún tipo de movimiento. Esto sirve para concluir si la empresa era una fachada o no.
“Si culminada esta etapa se encuentran indicios de la comisión de un delito, pasará a investigación preparatoria. Luego, pasará el fiscal con una acusación en una etapa intermedia y después a juicio. Culminado el juicio se emite una sentencia en la que se condenará penalmente a las personas que cometieron los delitos y se les impondrá el pago de una reparación civil que seguramente estará compuesta por lo indebidamente apropiado más un monto adicional como resarcimiento económico. El gran problema es que no existan los recursos o los bienes que permitan que ese resarcimiento se materialice”, sostuvo.