El vestido, el pastel, los regalos, las flores, los amigos, los te amo, el hasta que la muerte nos separe, la fiesta. ¿Quién se detiene a analizar los efectos jurídicos de ese acto de amor incondicional llamado matrimonio? Peor aún, ¿cuántas parejas sopesan la idea de que un eventual divorcio puede significar interminables audiencias en el Poder Judicial?
“El matrimonio es un contrato que tiene obligaciones, deberes y derechos. Con el divorcio se está quebrando esa relación jurídica”, recuerda María Alejandra Quintana, abogada especialista en familia.
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Sin embargo, quebrar ese contrato representa casi el 20% de los matrimonios en el Perú. Según el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec), durante el 2018 se inscribieron 92.440 matrimonios civiles a nivel nacional y, ese mismo año, 16.742 acabaron legalmente su unión (18%).
Si buscamos cifras actualizadas, la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Sunarp), donde deben registrarse los divorcios para establecer una distribución equitativa de los bienes generados durante la sociedad conyugal, registra 795 casos solo en el mes de enero de 2020. El reporte de esta institución también muestra un incremento de un 24.8% en los últimos cinco años: en el 2015 se registraron 6.877 y en 2019, 8.586.
En este contexto, ¿qué tan difícil es divorciarse en el país?
DIVORCIO RÁPIDO: LA VENTAJA DE LLEVARTE BIEN CON EL EX
La legislación peruana contempla dos formas de divorcio, dependiendo de si existe un acuerdo previo con la expareja.
La modalidad relativamente simple, económica y expedida es el denominado “Divorcio Rápido” o Procedimiento no contencioso de Separación Convencional y Divorcio Ulterior, el cual fue establecido en el año 2008 a través de la Ley Nº 29227.
Esta demora en promedio de 2 a 3 meses y puede realizarse en notarías (ubica las autorizadas por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos en este enlace) o municipalidades donde vivía la pareja o donde se realizó el matrimonio civil (ubica las direcciones de los municipios aquí).
“Es el matrimonio 'amigable' e implica estar de acuerdo con los términos del divorcio y, si hay hijos, con la tenencia, pensión de alimentos, régimen de visitas, etc. Cualquiera de los cónyuges puede presentar la solicitud o puede ser conjunta”, explica la abogada especialista en familia Lourdes Agüero.
En diálogo con El Comercio, la letrada precisó que el principal requisito para acceder a este tipo de divorcio es que hayan pasado 2 años desde la realización del matrimonio civil y 4 en caso de que la pareja tenga hijos. Asimismo, en el caso de los bienes, se tiene que adjuntar en la solicitud el certificado de separación de bienes, previamente inscrito en Registros Públicos. Este trámite se realiza en notarías.
De acuerdo con la norma, el divorcio no contencioso se realiza en dos etapas denominadas Separación Convencional y Divorcio Ulterior. Los requerimientos y costos de cada uno dependen de la municipalidad o notaría donde se realice. Por ejemplo, en la Municipalidad de Lima el costo de ambas etapas es de S/450.10.
Este tipo de divorcio también puede realizarse en el Poder Judicial, en cuyo trámite se requiere obligatoriamente la presencia de un abogado y, generalmente, dura más tiempo. Además de la demanda firmada por ambos cónyuges y abogado, se debe presentar documentos como partidas, registros de propiedades, bienes, propuesta de convenio sobre alimentos, el ejercicio de la patria potestad, tenencia, régimen de visitas y la liquidación de la sociedad de gananciales. Además, realizar los siguientes pagos:
- Tasa judicial por ofrecimiento de pruebas (abonar en el Banco de la Nación). Costo: desde S/ 86.00
- Cédulas de notificación suficientes (abonar en el Banco de la Nación). Costo: desde S/4.30
EL JUICIO: CUANDO LAS DISPUTAS LLEGAN AL PODER JUDICIAL
Si no es posible llegar a un acuerdo con la expareja o hay hechos graves que motivan la separación, el camino a seguir es la vía judicial.
La abogada Agüero precisa que la demanda de divorcio debe ser presentada ante el juzgado de familia del distrito donde se realizó el matrimonio civil o donde vivía la pareja. “En localidades donde no exista un juzgado de familia, la demanda puede interponerse en un juzgado de paz letrado o juzgado de paz”, agrega.
En este caso es necesario pagar los aranceles judiciales por el proceso, cuyos costos van desde los S/43 en la presentación de pruebas, desde S/172 por apelación de sentencia o desde S/688 en caso de ir a casación.
En la demanda se debe incluir las causales de divorcio y los medios probatorios de esta. La abogada María Alejandra Quintana explica que en la etapa de presentación de demanda se valoran los requisitos de forma, pues recién durante el proceso es cuando el juez valora los medios probatorios presentados por el demandante para decidir si declara o no procedente su pedido, que en muchos casos incluye una indemnización.
LAS CAUSALES
El Código Civil peruano establece, en su artículo N° 333, doce causales de divorcio que van desde el adulterio, violencia física o psicológica, atentado contra la vida del cónyuge, abandono de la casa por más de dos años, conducta deshonrosa, adicciones, ETS aparecida luego del matrimonio, homosexualidad, condenas por delitos dolosos, imposibilidad de hacer vida en común y separación de hecho por dos años y 4 en caso de tener hijos.
En este punto, la abogada Quintana explica que las pruebas tienen que ser contundentes en cada uno de los casos.
“Si recurres al Poder Judicial tienes que demostrar la veracidad de la causal que invocas para que se proceda con la sentencia favorable. Si hay separación de hecho tiene que demostrarse, por ejemplo, que si vivían en la misma casa dormían en cuartos separados o que la pareja tenía otra relación. Cada causal tiene un procedimiento y regulación específica”, detalla.
¿SE DEBE ESPERAR DOS AÑOS?
El requisito de dos años de matrimonio para iniciar el proceso, indispensable en el trámite de ‘Divorcio Rápido’, no se aplica en los procesos judiciales, salvo se invoque la causal de separación de hecho.
Quintana precisa que hay causales graves que pueden ser admitidas sin importar el tiempo que la pareja llevaba casada. Por ejemplo, las que tienen que ver con violencia familiar.
“Si te pega o ha intentado atentar contra tu vida, la ley te ampara para que inicies el trámite de divorcio contencioso ante el Poder Judicial cuanto antes”, sostiene.
¿CUÁNTO DURA EL JUICIO?
Como ocurre con otro tipo de demandas, los casos que llegan al Poder Judicial deben afrontar las demoras que implica la excesiva carga procesal de este poder del Estado. En experiencia de la abogada Quintana, el promedio de tiempo para que se resuelva un divorcio mediante esta vía es dos años. No obstante, la letrada Lourdes Agüero recuerda casos que han duplicado ese tiempo.
“Solo para que se realice la primera audiencia puede tardar hasta un año. Hay casos en los que el fallo final ha salido en 4 o 5 años”, dice Agüero.
Los obstáculos, según indica, tienen que ver con el ánimo litigante de las partes. Mientras más peleen, más se dilata el proceso.
“Empieza con la audiencia de la conciliación, no porque el juez tenga realmente intención de conciliar a los conyugues sino porque es el procedimiento. Luego, muchas veces la contraparte espera los plazos máximos para presentar escritos, hay tachas, solicitud de pericias, audiencias de saneamiento, de testigos, y apelaciones. Incluso el cónyuge demandado puede también demandar en el mismo proceso a su ex pareja. Esa figura se llama reconvención”, explicó.