Andrés Hurtado estará en prisión al menos hasta el 18 de marzo de 2026 mientras se desarrolla la investigación en su contra por presunto tráfico de influencias y cohecho activo específico (delito de corrupción). El conductor de televisión conocido como Chibolín será recluido en el penal de Ancón en el marco del caso que también involucra a la fiscal superior de lavado de activos Elizabeth Peralta Santur y al empresario vinculado al negocio del oro Javier Miu Lei.
El juez Juan Carlos Checkley, titular del juzgado Supremo de Investigación Preparatoria, ordenó 18 meses de prisión preventiva para Hurtado y comparecencia restringida para Peralta y Liu Lei, quienes serán juzgados en libertad con reglas de conducta pese a que la fiscalía también solicitaba prisión preventiva para ambos. A ellos se impuso una caución de 35 mil y 1 millón de soles, respectivamente, montos que deben ser pagados en un plazo de tres días hábiles.
Elio Riera, abogado de Andrés Hurtado, anunció que apelará la decisión del juez. “Somos respetuosos del marco de lo legal. Mi pensamiento con respecto al señor Checkley es uno de los mejores por cuanto a nivel de magistratura es un juez garantiza. Discrepamos muy respetuosamente sobre el tema de los arraigos porque hemos presentado información que consideramos es consistente”, dijo a la prensa tras conocer la decisión.
En tanto, Benji Espinoza, defensa de Peralta, adelantó que, si bien no apelarán la comparecencia con restricciones, que incluye no ausentarse del lugar de residencia y el control biométrico mensual, sí evaluarán apelar el pago de la caución.
Detalles de la resolución
El juez justificó su decisión de aceptar el pedido fiscal de prisión preventiva para Hurtado por no contar con arraigo domiciliario ni laboral y tener facilidades para salir del país. De hecho, tomó en cuenta la tesis fiscal de que el conductor “se hospedaría en hoteles e ingresos a clínicas privadas para hospitalización a pesar de ser operaciones ambulatorias”.
Para probar ello, la parte acusatoria presentó una carta del Hotel Westin donde se evidencia que Hurtado estuvo hospedado entre el 7 y 9 de setiembre pese a tener un inmueble alquilado en esas fechas. “Ello aunado a la falta a la verdad respecto de su grado de instrucción que sólo contaba con quinto de primaria lo que se contradice con la ficha Reniec; en ese sentido, no tiene arraigo domiciliario”, indicó el juez.
Sobre el arraigo familiar, se determinó que no existe porque sus dos hijas mayores viven en Estados Unidos y de su hija de diez años “no se tiene evidencia que el imputado Hurtado Grados viva con la menor, por lo que tampoco se tiene certeza que si bien esté a cargo económicamente, su ausencia afecte significativamente a la menor”.
A esto se añade que Andrés Hurtado , además de haber salido en varias oportunidades del país entre 1994 año 2024, “no entregó su pasaporte de manera física y tampoco fue hallado en su domicilio en la ejecución de la medida de allanamiento”.
Sobre la obstaculización a la averiguación de la verdad, el juez indicó que “si bien no se identifica sus potenciales contactos, ello se evidenciaría de los personajes invitados a su programa así como de la declaración de los hermanos Siucho Neira quienes refieren que siempre se ufanaba de sus contactos en todas las esferas”.
A diferencia de ‘Chibolín’, para el juez las condiciones Elizabeth Peralta y Javier Miu Lei no ameritan el internamiento en un penal.
En el caso de la fiscal, se determinó que tiene arraigo domiciliario y familiar porque, pese a que sus dos hijos son mayores de edad, Peralta está a cargo de su madre que tiene un diagnóstico de fibrosis pulmonar. Si bien la a Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público la apartó preventivamente del del cargo de la función fiscal por un plazo de 6 meses, el juez consideró que sí tiene arraigo laboral porque “incluso estando suspendida puede ejercer su profesión”.
Para el juez tampoco “existe un peligro de obstaculización evidente”.
Sobre Miu Lei, también se considera que tiene arraigo domiciliario (“si bien es cierto se señala varios inmuebles, lo real es que se habita con su familia en el inmueble que fue allanado; con lo cual tiene arraigo domiciliario”, indica la resolución), familiar y laboral porque acreditó “que es un empresario gerente general de Minera Las Lomas Doradas, con ingresos de S/ 14,000 aproximadamente”.
La Segunda Fiscalía Suprema Transitoria Especializada en delitos cometidos por funcionarios públicos imputa a los tres investigados en tres hechos que constituirían los delitos de tráfico de influencias agravado y cohecho activo específico.
El primero consiste en el presunto pago de un millón de dólares a la fiscal Peralta, a través de Hurtado, para que Miu Lei recupere 200 kg de oro que fue incautado a su empresa. En el segundo hecho, se atribuye a la fiscal Peralta Santur, según lo relatado por Francisco Iván Siucho Neira, solicitar, por medio de Andres Hurtado, el monto de 80 mil dólares a Miu Lei para “ejercer influencias para que se inicie una investigación por el delito de lavado de activos contra la empresa Paltarumi que tiene como accionista a Pflucker Pinillos”, competencia comercial del empresario denunciado.
La tercera denuncia es el supuesto pedido de 100 mil dólares para que no se continúe una investigación contra la empresa Quantico Servicios Integrados, de Iván Siucho Neira. Sin embargo, pese a que se habría entregado 20 mil dólares, la investigación continuó.
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