El MTC ha extendido hasta julio la vigencia de las licencias de conducir. Mientras, Migraciones mantiene un call center las 24 horas para consultas y precisa que pasaportes se recogerán una vez que se levante el estado de emergencia. (Fotos: Difusión)
El MTC ha extendido hasta julio la vigencia de las licencias de conducir. Mientras, Migraciones mantiene un call center las 24 horas para consultas y precisa que pasaportes se recogerán una vez que se levante el estado de emergencia. (Fotos: Difusión)
Redacción EC

El inicio del estado de emergencia sorprendió a muchos usuarios realizando trámites para obtener, entre otros documentos, las licencias de conducir y los pasaportes electrónicos. Al respecto, cabe precisar qué trámites se pueden hacer y cuáles no durante la actual cuarentena por el .

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A través de la Resolución Directorial N°099-2020-MTC/18 del 22 de abril, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) amplió la vigencia de las a nivel nacional hasta el 31 de julio. Esto debido al estado de emergencia declarado por el Gobierno para frenar el avance del . El dispositivo modificó los plazos de vigencia de todos los títulos habilitantes en materia de servicios de transporte terrestre, servicios de transporte acuático, circulación y tránsito terrestre y de circulación de unidades vehiculares mediante el otorgamiento de autorizaciones especiales.

- ¿Qué permisos se amplían hasta el 31 de julio? -

1. La vigencia de las licencias de conducir vehículos automotores y no motorizados que hayan vencido desde el 1 de enero de 2020 hasta quince días posteriores a la finalización del estado de emergencia.

2. La vigencia de los títulos habilitantes de los servicios de transporte terrestre de personas y mercancías que se hayan vencido desde quince días antes de la entrada en vigencia de la cuarentena.

3. La vigencia de los títulos habilitantes de los servicios complementarios que hayan vencido desde la entrada en vigencia del estado de emergencia y el aislamiento social obligatorio.

Además se dispuso la ampliación de la vigencia de certificados y placas rotativas:

1. Hasta el 31 de julio de 2020 la vigencia de los certificados de inspección anual de vehículos de GNV o GLP, certificados de conformidad de cilindros de GNV, certificados de vehículos de colección, así como de las placas rotativas que hayan vencido desde la entrada en vigencia del estado de emergencia hasta quince 15 días después del término de la cuarentena.

2. Hasta el 30 de junio de 2020 la vigencia de los certificados de inspección técnica vehicular que hayan vencido desde que inició la cuarentena hasta 15 días después de la finalización del estado de emergencia.

3. Hasta el 31 de julio de 2020 la vigencia de los certificados de salud para licencias de conducir, que hayan vencido desde el 1 de enero de 2020 hasta quince días después de finalizar el estado de emergencia.

Además, se amplió hasta el 31 de julio de 2020 la vigencia de títulos habilitantes de los permisos de operación y de servicios al transporte acuático en el ámbito marítimo, fluvial y lacustre, cuyos vencimientos se hayan producido desde la entrada en vigencia de la cuarentena hasta 60 días después de terminada la cuarentena.

También se prorrogó hasta el 31 de julio la vigencia de permisos de operación de servicios ferroviarios, certificados de habilitación ferroviaria y licencias de conducir vehículos ferroviarios. Estos, cuyos vencimientos se hayan producido desde que inició la cuarentena hasta 60 días después de terminado el estado de emergencia.

Y hasta el 31 de mayo de 2020 la vigencia de autorizaciones especiales.

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- Pasaportes electrónicos y carné de extranjería -

Si bien la Superintendencia Nacional de Migraciones (Migraciones) ha suspendido su atención presencial por el estado de emergencia por el COVID-19, mantiene activa las 24 horas y los siete días de la semana la línea telefónica 200-1000 que permite a los ciudadanos mantenerse informados sobre trámites como electrónicos y carné de extranjería.

De acuerdo a Migraciones, desde el inicio del estado de emergencia han atendido más de 10 mil llamadas en las que se solicitaba información sobre el cambio de calidad migratoria, prórroga de permanencia y residencia, pasaporte electrónico, carné de extranjería, entre otros servicios.

La institución precisó que no habrán atenciones presenciales hasta que se levante el estado de emergencia. Es decir, que si usted tramitó su pasaporte, registró su foto y huella y quedó solo listo para imprimir y recoger, podrá recoger el documento cuando se levante la emergencia. Lo mismo ocurre con las personas que quieran iniciar el trámite.

En su momento, Migraciones coordinará la programación para que las personas puedan recoger sus documentos de manera ordenada.

En el caso de los ciudadanos extranjeros en nuestro país, ellos pueden tramitar hoy en línea su permiso especial de viaje, permiso especial para firmar contratos y su prórroga de permanencia.

Los ciudadanos peruanos sí pueden tramitar en línea el bloqueo del pasaporte electrónico en caso de pérdida o robo.

Migraciones además tiene a disposición del público el sistema de Respuesta Interactiva de Voz – IVR, que ofrece información de procedimientos como el pasaporte, cambio de calidad migratoria especial residente, además del servicio de certificado de movimiento migratorio.

Asimismo, los usuarios pueden realizar sus consultas a través de sus cuentas en redes sociales como el Facebook y el Twitter.

-Partidas de nacimiento y defunción -

El Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec) precisa a la ciudadanía las formas de acreditar la identidad de una persona que no cuenta con su Documento Nacional de Identidad (DNI), y de demostrar la ocurrencia de un nacimiento o una defunción cuando estos hechos no han sido inscritos en la oficina registral de una municipalidad o del RENIEC.

Las siguientes alternativas tienen carácter excepcional, pues el DNI vigente y las actas registrales serán requeridos una vez superada la actual situación de emergencia sanitaria por el COVID-19:

Si no se tiene DNI, debido a robo o pérdida, se puede obtener un Certificado de Inscripción (C4) ingresando desde una computadora a la página web www.reniec.gob.pe. Si se trata de un DNI electrónico (DNIe), a través del Portal del Ciudadano. El Certificado de Inscripción (C4) es gratuito para los beneficiarios de los bonos que está entregando el gobierno.

Si el DNI caducó, sigue teniendo validez mientras se mantenga el estado de emergencia, pues el Reniec extendió la vigencia de los DNI que hayan caducado, mediante una Resolución Jefatural publicada el 17 marzo 2020 en El Peruano.

Si no se inscribió un nacimiento, se puede mostrar el Certificado de Nacido Vivo (CNV), que emite el profesional de salud para dejar constancia de la ocurrencia de un parto.

Si no se inscribió una defunción, se puede mostrar el Certificado de Defunción (CDEF), que emite el profesional de salud para dejar constancia de la ocurrencia de una muerte.

El Reniec recomienda conservar el original del Certificado de Nacido Vivo (CNV) y del Certificado de Defunción (CDEF), pues cuando se reanude la atención en las oficinas registrales, dichos certificados cumplirán su función habitual: servir como requisitos para la emisión de las actas respectivas.

La institución, además, recuerda que las inscripciones en los registros civiles podrán hacerse posteriormente. El plazo para inscribir un nacimiento de manera ordinaria es de 60 días calendario –o de 90 días, si ocurrió en una zona alejada o de difícil acceso–, y el trámite de inscripción extemporánea es muy sencillo y no reviste mayor complicación. Con respecto a las defunciones, no existe plazo para su registro.

- ¿Puedo cobrar el bono del gobierno si no tengo DNI? -

Los trabajadores independientes que recibirán un bono de S/ 380 podrán cobrarlo identificándose con un Certificado de Inscripción, también conocido como C4, si es que no cuentan con su Documento Nacional de Identidad (DNI) debido a un robo o pérdida. Ellos obtendrán dicho certificado sin ningún costo la primera vez, ingresando a la página web del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec).

La validación de datos requeridos para el cobro del denominado Bono Independiente se realiza a través de la plataforma www.bonoindependiente.pe que el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo habilitó para que los beneficiarios que no tienen una cuenta en el Banco de la Nación, accedan a la banca celular de esta entidad. Así, ellos pueden cobrar en agentes Multired y cajeros automáticos del Banco de la Nación, y ya no es necesario que se acerquen a sus ventanillas.

Si el beneficiario carece de DNI o no puede completar el registro de sus datos, debe validar su identidad con un Certificado de Inscripción (C4), que podrá usar una vez que se habilite el cobro presencial en el Banco de la Nación.

Además de la foto del ciudadano, el Certificado de Inscripción (C4) muestra los datos declarados ante Reniec o extraídos de los documentos presentados al solicitar un DNI. Toda esta información se presume que es veraz, pues –al realizar un trámite presencial– el ciudadano firma la ficha registral donde se consigna, lo que le confiere el carácter de declaración jurada.

El Certificado de Inscripción (C4) cumple la función identificadora del DNI de manera excepcional, mientras se mantiene el estado de emergencia.

- ¿Cómo obtener el Certificado de Inscripción (C4) -

Es posible descargar e imprimir un Certificado de Inscripción (C4) en www.reniec.gob.pe, eligiendo las opciones Servicios en línea y Obtención de Certificado de Inscripción (C4).

Quienes necesiten un Certificado de Inscripción (C4), pero no recibirán ningún bono pueden obtenerlo en la página web del Reniec pagando previamente S/ 4,50. El pago se efectúa con una tarjeta de débito o crédito Visa, Mastercard o American Express de cualquier entidad financiera a través de Págalo.pe, plataforma del Banco de la Nación.

También se puede pagar con tarjeta de débito o crédito Visa en un agente Multired del Banco de la Nación o en el Banco de Crédito (por Internet o agente BCP). Si tienen DNI electrónico, pueden tramitar el C4 a través del Portal del Ciudadano.

Los bancos y otras entidades tienen la posibilidad de verificar la autenticidad de un Certificado de Inscripción ingresando a www.reniec.gob.pe / Servicios en línea / Validación de Certificado de Inscripción (C4).

El Reniec atiende consultas sobre DNI y C4 a través de Facebook (RENIECPERU) y Twitter (reniecdigital).

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Aún no se sabe con exactitud cuánto tiempo sobrevive este nuevo virus en una superficie, pero parece comportarse como otros coronavirus.

Estudios indican que pueden subsistir desde unas pocas horas hasta varios días. El tiempo puede variar en función de las condiciones (tipo de superficie, la temperatura o la humedad del ambiente).

Cómo ponerse, usar, quitarse y desechar una mascarilla

· Antes de ponerse una mascarilla, lávese las manos con un desinfectante a base de alcohol o con agua y jabón.

· Cúbrase la boca y la nariz con la mascarilla y asegúrese de que no haya espacios entre su cara y la máscara.

· Evite tocar la mascarilla mientras la usa; si lo hace, lávese las manos con un desinfectante a base de alcohol o con agua y jabón.

· Cámbiese de mascarilla tan pronto como esté húmeda y no reutilice las mascarillas de un solo uso.

· Para quitarse la mascarilla: quítesela por detrás (no toque la parte delantera de la mascarilla); deséchela inmediatamente en un recipiente cerrado; y lávese las manos con un desinfectante a base de alcohol o con agua y jabón.

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