Poco antes de que el congreso aprobara la ley que regula los aplicativos de taxi, creando un registro de choferes de este servicio, se añadió una disposición complementaria que elimina la función de supervisión de la ATU. De inmediato, las alertas se encendieron debido a que ello beneficia directamente al transporte informal: ahora los conductores de al menos dos federaciones de colectiveros tienen la intención de utilizar estas apps para eludir el control.
Lima es la quinta ciudad con mayor tráfico vehicular y en ella ocho personas fallecen cada semana por accidentes de tránsito. Esta situación caótica, que afecta al transporte público utilizado por miles de habitantes de la capital, se agrava aún más por decisiones políticas que afectan la seguridad vial.
El 30 de mayo, el Pleno del Congreso aprobó la autógrafa de ley que propone regular a las empresas administradoras de intermediación del servicio de transporte, que se dedican principalmente al servicio de taxi, como Uber, Didi, Indrive, Cabify, entre otras. Una de las principales medidas que determina es la creación de un registro nacional de estas empresas para garantizar los derechos y la seguridad de sus usuarios. La autógrafa determina que las compañías deben exigir a los conductores una serie de datos sobre ellos mismos, sus vehículos y el servicio que brindarán.
- Identificación del vehículo que prestará el servicio de transporte (placa, color, modelo y año).
- Identificación del conductor.
- La tarifa por la prestación del servicio.
- Calificación y evaluación del servicio.
- Términos y condiciones a los cuales está sujeto el servicio.
- La ruta por la que el conductor se desplaza o desplazará desde el inicio del servicio, durante el recorrido y hasta el final del destino solicitado.
- Mecanismo de alerta en caso de emergencia que pusiera en peligro al pasajero.
Asimismo, según la norma, las empresas no serán responsables por los delitos que puedan cometer los conductores de taxi que utilizan su aplicación. “La norma indica que las empresas que administran las apps son responsables del servicio de intermediación que realizan entre dos tipos de usuarios: pasajeros y conductores. Asimismo, determina una serie de exigencias sobre este servicio, como pedir a los conductores datos del vehículo. Sin embargo, si los usuarios cometen un delito, ellos serán responsables de sus actos, no la empresa”, expresó el experto en derecho digital Erick Iriarte.
Del mismo modo, la ley determina que las compañías deben compartir con el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) la relación de sus operadores registrados, que deberá ser actualizada trimestralmente. Así también, si las compañías incumplen con los requisitos de seguridad, la ley indica que el MTC podrá solicitar a los proveedores de Internet que bloqueen el acceso a las apps y página web que administran.
El proyecto de ley tuvo 82 votos a favor, 7 en contra y 1 abstención. Además, quedó exonerado de segunda votación, con 86 votos a favor. En consecuencia, el Ejecutivo tiene un plazo no mayor a 90 días calendario desde la publicación de la ley para promulgarla u observarla.
Sin embargo, la polémica se encuentra en la disposición complementaria del proyecto de ley, pues deroga las competencias de la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao (ATU) para regular el servicio de taxi en la capital.
“Para la aplicación de la presente Ley se deja sin efecto la disposición complementaria final segunda del Reglamento que regula la prestación del Servicio Público de Transporte Especial en la modalidad de Taxi en Lima y Callao, aprobado por la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao a través de la Resolución de Presidencia Ejecutiva 162-2023- ATU”, se lee en el texto que lleva la firma del congresista Eduardo Salhuana, presidente de la Comisión de Transportes del Legislativo.
El reglamento de la ATU determina las condiciones de acceso y permanencia, los requisitos, títulos habilitantes y obligaciones exigibles para la prestación del servicio de taxi en la capital, a fin de contribuir a la formalidad. En consecuencia, los usuarios de las aplicaciones que brindan el servicio de taxi, así como cualquier persona, ya no necesitarían autorización del organismo técnico para brindar este servicio.
Expertos critican el proyecto de ley
En comunicación con El Comercio, Martín Ojeda, director de la Cámara Internacional de la Industria del Transporte, calificó como una “aberración” a la disposición complementaria del proyecto de Ley 842, porque permite que los conductores de las aplicaciones mencionadas no sean fiscalizados ni regulados por una autoridad competente que garantice su formalización. Ello, pese a que en la práctica sus choferes hacen un servicio de transporte: sus choferes realizan un servicio de traslado para pasajeros de un punto a otro a cambio de una compensación.
“Al igual que para los choferes de taxi independiente, los conductores que utilizan una app para ofrecer un servicio de taxi también deben ser fiscalizados y regulados por una autoridad competente; esta función la cumple la ATU. Sin embargo, la norma permite que no requieran de su autorización ni supervisión para brindar el servicio”, sostuvo.
Por ello, Ojeda considera que la ley beneficia a los conductores que operan al margen de la legalidad, principalmente a los choferes de taxi colectivo, quienes podrán “asegurar que conducen un taxi por app y que no pueden ser fiscalizados por la ATU”. Asimismo, indicó que no requerirían presentar información personal ni de las condiciones de su vehículo ante un organismo regulador de promulgarse la norma. En esa línea, indicó que esto pone en peligro a los pasajeros.
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“Los colectiveros van a usar los aplicativos para evadir la fiscalización de la ATU y trabajar sin necesidad de cumplir con requisitos mínimos para brindar un servicio de calidad y seguridad a los usuarios. Se está promoviendo el trabajo para malos conductores, la competencia desleal al transporte formal y agravando el tráfico en Lima. Un vehículo de transporte en malas manos se convierte en un arma”, afirmó.
De hecho, El Comercio conoció que, al menos, dos federaciones de taxi colectivo en Lima planifican entre sus choferes la instalación de taxis por aplicativo en sus teléfonos (la versión para conductores) para simular ser parte de la flota y así evadir toda fiscalización de la ATU. En paralelo, es sabido que muchos colectiveros son, en paralelo a este servicio, choferes de aplicativo, con lo cual podrían aprovecharse de ello para impedir que los inspectores los fiscalicen.
Franklin Barreto, exjefe de la División de Investigación de Accidentes de Tránsito de la PNP, coincide en que la norma incrementa el peligro para los pasajeros, quienes utilizan estas aplicaciones buscando mayor seguridad. En esa línea, uno de los requisitos de la ATU para que los conductores obtengan la autorización para brindar el servicio de taxi es que no figuren en el subregistro de personas condenadas por los delitos del artículo 2 de la Ley N° 30901. Este condena los delitos contra la libertad sexual, la vida de mujeres, niñas, niños, adolescentes, así como violencia familiar, feminicidios, explotación sexual, entre otros.
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“Al dejar sin efecto esta exigencia de formalización de la ATU, el Congreso pone en peligro la integridad de las personas, que es el fin primordial del Estado, según la Constitución. Entonces, podrían incrementarse las denuncias de acoso e intento de secuestro a usuarios de los aplicativos, principalmente a las pasajeras”, aseguró Barreto.
De acuerdo con fuentes de este Diario, la Comisión de Transportes del Congreso no consultó a la ATU su opinión sobre el proyecto de ley aprobado.
Un proyecto de ley "incoherente"
Por todo lo mencionado, los expertos consultados concluyen que el proyecto de Ley 842 es incoherente, pues propone regular a empresas de taxi por aplicativo para incrementar la seguridad de sus usuarios, pero permite que los aplicativos de taxi ya no necesiten la autorización de la ATU para brindar el servicio de transporte ni sean regulados por esta institución.
“El proyecto de ley indica que la fiscalización de las empresas de taxi por aplicativo estará a cargo del MTC. Esto supone un grave retroceso para las políticas de formalización del transporte de Lima y Callao que se impulsan desde la creación ATU, que volverían a ‘foja cero’”, sostuvo Barreto.
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“La mayoría de empresas a cargo de las aplicaciones intermediarias del servicio de taxi no tienen una oficina en el Perú. Entonces, difícilmente se harán de sus acciones, como determina la autógrafa”, manifestó Ojeda. Así también, los especialistas manifestaron que el Ejecutivo debe observar la autógrafa de ley aprobada por el Congreso y no permitir su reglamentación. Además, exigieron que la ATU se pronuncie en contra de esta norma.
En esa misma línea, el expresidente de ATU, José Aguilar, criticó la medida calificándola de “pro colectivero”. “La disposición derogada es la que establece que cualquier vehiculo que quiera realizar servicio de taxi, debe contar con la autorización de ATU. Es decir, ahora los colectiveros o cualquier persona podrán decir que brindan taxi, y no requieren ser autorizados por ATU. Es una clara señal pro colectiveros y de decir adios a la poca formalidad del servicio de taxi. Ojalá el Ejecutivo observe esta propuesta y no empeoremos el tráfico de la ciudad ni la inseguridad al tomar un medio de transporte como el taxi”.
La actual gestión de la ATU también está en contra por quitarle facultades a un servicio de movilidad. El vocero de esta entidad dijo a El Comercio que “ya se remitió formalmente un oficio al MTC dando opinión sobre la autógrafa de Ley, considerando que corresponde ser observada. Por ende, no debería procederse a su publicación. Los detalles los haremos públicos”.