Durante las elecciones generales del 2021 no solo se definirá al próximo presidente de la República y a los 130 nuevos miembros del Congreso, también a los representantes del Perú ante el Parlamento Andino: 5 titulares y 2 suplentes. Hasta el momento, al menos 10 de los actuales legisladores figuran como precandidatos a dicho órgano deliberativo de la Comunidad Andina.
Es el caso de Yessy Fabián Díaz, Leslye Lazo (presidenta de la Comisión de Justicia), Mónica Saavedra y Luis Carlos Simeón (presidente de la Comisión de Transportes), de Acción Popular; Guillermo Aliaga (segundo vicepresidente del Congreso), Luis Dioses (presidente de la Comisión de Educación) y Jorge Luis Pérez Flores, en Somos Perú; y Omar Chehade (presidente de la Comisión de Constitución), César Combina y Tania Rodas en Alianza para el Progreso (APP).
Al igual que ellos, excongresistas del Parlamento disuelto como Marisol Espinoza (APP) y Alberto Quintanilla (Nuevo Perú), también aspiran a ocupar uno de los cinco lugares de este órgano.
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Para los actuales congresistas e integrantes del Parlamento disuelto no aplica el impedimento de reelección inmediata. Además, las listas del Parlamento Andino, a partir de esta elección, deben acatar la paridad y alternancia. Es decir, los candidatos deberán ubicarse en forma intercalada una mujer un hombre o un hombre una mujer. Por ello, el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) estableció que deben presentarse 16 candidatos.
¿Por qué los congresistas actuales y disueltos sí pueden postular al Parlamento Andino?
José Tello, miembro del Instituto Peruano de Derecho Electoral, explicó que no existe ningún impedimento constitucional para que los actuales o excongresistas postulen al Parlamento Andino. El impedimento es solo para la reelección inmediata al Congreso, tal como lo dispone el artículo 90-A de la Constitución y como lo aclaró el JNE a mediados de este mes.
“Ninguna norma que restringe derechos a postular puede ser aplicada de manera extensiva o analógica. Este impedimento solo afecta a lo puntual”, dijo Tello en concordancia con lo que establece el numeral 9 del artículo 139 de la Constitución: el principio de inaplicabilidad por analogía de la ley penal y de las normas que restrinjan derechos.
En este mismo sentido opinó Enith Pinedo, docente de políticas públicas de la Universidad Antonio Ruiz de Montoya. “Si uno de los actuales congresistas postula al Parlamento Andino y gana, pueden postular a una reelección en el siguiente periodo. Para restricción de derechos las normas siempre tienen que ser expresas”, indicó.
Tello agregó que si bien los parlamentarios andinos y los congresistas tienen las mismas prerrogativas, no son alcanzados por la misma norma restrictiva. “El impedimento de reelección inmediata es para congresistas. Si bien se menciona que goza de los mismos privilegios y prerrogativas, cuando es un impedimento es por norma expresa porque todo impedimento es una restricción a un derecho fundamental”, reiteró.
Pinedo añadió que la reglas de no reelección están pensadas al mismo cargo. Ocurre también, por ejemplo, para la no reelección de alcaldes y gobernadores regionales. “Es una forma de sacarle la vuelta a la ley, en el caso de alcaldes es más evidente. Lo mismo pasa en el caso de parlamentarios andinos y congresistas. Sí se puede postular porque son cargos distintos con reglas distintas”, dijo Pinedo.
Disposiciones para la elección del Parlamento Andino |
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La lista debe estar integrada por 16 candidatas y candidatos. |
Hasta un 20% del total de candidatos puede ser designado entre sus afiliados y no afiliados por el órgano de la organización política que disponga el estatuto. |
Las/los postulantes al Parlamento Andino deben cumplir los mismos requisitos y tienen los mismos impedimentos e incompatibilidades que las/los postulantes al Congreso de la República. |
Los actuales congresistas pueden postular al Parlamento Andino. |
Los integrantes del Congreso disuelto pueden postular al Parlamento Andino. |
Los actuales representantes del Parlamento Andino pueden postular a la reelección. |
Los actuales representantes del Parlamento Andino pueden postular al Congreso de la República. |
Fuente: Instituto Peruano de Derecho Electoral
Congresistas y parlamentarios andinos tienen las mismas prerrogativas constitucionales
La Ley 28360 (Ley de elecciones de representantes en el Parlamento Andino) establece que la elección de los cinco titulares y dos suplentes es por distrito único y cifra repartidora. Además, que los postulantes deben cumplir los mismos requisitos y tienen los mismos impedimentos e incompatibilidades de los postulantes al Congreso. Finalmente, deben informar anualmente al Poder Legislativo sobre la representación que ejercen.
Al igual que los congresistas, tienen las mismas prerrogativas constitucionales, como el antejuicio político y la inmunidad. En este caso, la decisión la toma el propio Parlamento Andino.
Por ello, Tello apunta que se debería tener cuidado respecto a “si la persona está cuestionada, no sería pertinente que en el partido se hagan ‘de la vista gorda’ sobre eso”.
MIRA: Elecciones 2021: Congresistas buscan postular al Parlamento Andino
Las funciones y sueldo
El Reglamento del Congreso establece que el pago de las retribuciones corresponde al Parlamento “en iguales importes a la de los congresistas de la República de conformidad con el artículo 10 del Protocolo Adicional al Tratado Constitutivo del Parlamento Andino”. Finalmente, el régimen legal aplicable es igual al de los congresistas en lo que corresponda.
El parlamentario andino Rolando Sousa, actual presidente de este colegiado, precisó a El Comercio que a diferencia de los congresistas, ellos no perciben viáticos de traslado. En su lugar, solo se hace la compra de los boletos de viaje a Bogotá (Colombia), donde sesionan y está la sede del Parlamento Andino, pero debido a la pandemia no se realizan estos traslados desde el año pasado.
“Los parlamentarios andinos tienen un básico, gastos de representación y gastos de movilización. Los pasajes son comprados por el Congreso”, dijo Sousa.
Sobre la asignación de personal, indicó que es la misma de un congresista: un profesional, dos técnicos, una secretaria y un asistente administrativo, en el caso del parlamentario andino.
“En el caso del Parlamento Andino siempre hubo una crítica en el sentido de que el trabajo que desarrolla no tiene vinculación de forma obligatoria para los países del área andina. Es una critica de antaño y es un error de diseño, a mi juicio, que hay en la arquitectura que se hizo al momento de establecer el sistema andino”, dijo Sousa a este Diario.
“Si no me das facultades para que mi trabajo sea obligatorio, será de iniciativa legislativa, que puedes o no tomar en cuenta. El segundo trabajo es el de representación: nadie, salvo parlamentarios andinos, nos encargamos de que los peruanos que viven en los países del Parlamento Andino puedan tener una serie de beneficios comunes”, agregó Sousa.
Añadió que algunas de las propuestas que pudo materializar en el Parlamento Andino fueron la posibilidad de que artesanos puedan seguir teniendo ingresos, pese a la pandemia, a través de la venta online. Además, canalizó la donación, por parte de la federación rusa, de 20 mil pruebas moleculares al Perú, entre otros aportes.
De acuerdo con el Congreso, el Parlamento Andino tiene como atribuciones promocionar y orientar el proceso de integración, aplicar control político para examinar la marcha del proceso de integración y cumplimiento de sus objetivos y promover la armonización de las legislaciones de los países miembros.
También, participar en la generación normativa del proceso de integración, a través de iniciativas comunitarias que guarden relación con los objetivos del sistema, así como para su incorporación en el ordenamiento jurídico de la Comunidad Andina (CAN); y promover relaciones de cooperación y coordinación con los Parlamentos de los países miembros, así como con los órganos parlamentarios de integración o cooperación de terceros países.
Asimismo, el artículo 100 del Reglamento del Congreso establece que “el Presupuesto del Congreso incluye los montos correspondientes para atender las retribuciones de los Parlamentarios Andinos. Además se incluirá en el Presupuesto la Oficina Nacional del Parlamento Andino en el Perú”.
Mientras que los suplentes solo tienen derecho a una retribución económica en la medida en que se hace efectivo el reemplazo del titular y por la parte proporcional a la duración de su suplencia.
¿Consecuencias de la no reelección?
José Tello consideró que la postulación al Parlamento Andino podría ser una “válvula de escape”. “No es un espacio que tenga trascendencia. No tiene mayor dinamismo. Hasta la Alianza del Pacífico funciona mejor que la CAN. No tienen un rol gravitante de lo que viene a ser la legislación nacional. Podemos pasar cinco años sin escuchar de ellos. Es un espacio de cierta vigencia política, un espacio que a mi entender no justifica los gastos de recursos públicos. No le veo mucho sentido”, exclamó.
Para Katherine Zegarra, politóloga especialista en análisis parlamentario, que exparlamentarios o actuales congresistas estén en el Parlamento Andino no es una práctica descabellada. “Ya hay y hubo. No es una práctica rara y tampoco me parece que sea una mala praxis que actuales congresistas quieran involucrarse en el Parlamento Andino porque es parte de sus opciones para que ellos continúen una vida política. Es importante que los políticos que tengamos tengan una experiencia política anterior”, consideró.
Asimismo, dijo que es un incentivo para que postulen a este tipo de cargos y no al Parlamento, “que debería ser una práctica común”. “Para ser parlamentarios se necesita un tiempo de especialización, al momento de eliminar la reelección hemos eliminado también la posibilidad de que los parlamentarios se especialicen. Han entrado muchos nuevos y no conocen la práctica parlamentaria”, finalizó.
Por su parte, Sousa dijo que “es evidente [la postulación al Parlamento Andino], dada la circunstancia que no pueden ir a la reelección".
"El Parlamento Andino era el ‘patito feo’, Ahora se ha convertido en ‘las joyas de la abuelita'”, opinó.
Sin embargo, indicó que técnicamente no es una “sacada de vuelta” a la ley. “El Parlamento Andino no fue disuelto, ni votaba a favor o en contra ni participaba en el Congreso. Eso es importante puntualizar. [...] Si se hubiese hecho la reforma constitucional de no reelección -yo estoy en desacuerdo con esa reforma- y en esa reforma se hubiese incluido al Parlamento Andino, qué duda cabía. Pero el Parlamento Andino tiene su propia norma y ley, no existe impedimento para que un excongresista postule nuevamente o parlamentario andino nuevamente postule”, concluyó. Sousa indicó también que no postularía a la reelección del Parlamento Andino.
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