Diecinueve integrantes del Congreso disuelto pretenden postular a las elecciones de enero del 2020. La admisibilidad de sus candidaturas, hasta ahora incierta, podría resolverse antes de que culmine el plazo que tienen los partidos políticos para inscribir sus listas. De este modo, si son rechazados, las agrupaciones tendrán tiempo para recomponerlas.
Hoy lunes, los miembros del pleno del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) debatirán –junto a su equipo de asesores– si los exlegisladores pueden participar en las elecciones complementarias del próximo año. Esta sesión se colocó en agenda en respuesta a la consulta formulada por el titular del Jurado Electoral Especial (JEE) de Ica, José Luis Herrera Ramos, sobre esta controversia. La reforma constitucional aprobada en el Congreso anterior y ratificada en un referéndum señala que “los parlamentarios no pueden ser reelegidos para un nuevo período, de manera inmediata, en el mismo cargo”.
A partir de la convocatoria a elecciones, diversos especialistas en temas electorales, así como la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) invocaron al JNE a zanjar este debate. En respuesta, este ente electoral señaló que, una vez instalados, los JEE tienen la facultad de hacer consultas genéricas, entre las que podían incorporar este tema. Así fue que recibieron la consulta proveniente de Ica.
Especialistas consultados por este Diario habían señalado que lo más probable era que el JNE no emita un pronunciamiento hasta que algún exlegislador se inscriba formalmente, y su caso llegue en revisión ante el pleno de este organismo. Esta situación se hubiera dado cuando los candidatos ya se encontraban a mitad de carrera electoral. Afortunadamente para los interesados, el JNE podría emitir una resolución antes del 18 de noviembre, fecha límite para la inscripción de las listas de postulantes. La decisión es inapelable y vinculante para todos los casos.
El fondo del debate que se debe zanjar es si el período 2020-2021 es uno nuevo o complementa el que se inició en el 2016, explica José Manuel Villalobos, especialista en derecho electoral. El JNE se ha comprometido, a través de un comunicado, a absolver esta consulta a la brevedad posible.
Las posiciones confrontadas se pueden sintetizar en los argumentos esbozados por dos especialistas. De un lado, Villalobos sostiene que se trata de un mismo período, pues el artículo 136 de la Constitución establece que una vez disuelto el Congreso se elige a parlamentarios que completan el período. De otro lado, el constitucionalista Alejandro Rospigliosi señala que la norma especifica textualmente que los congresistas no pueden reelegirse de manera inmediata, por lo que no podrían postular ahora.
—En el partidor—
Hasta la fecha, seis organizaciones han anunciado que presentarán a integrantes del Congreso disuelto [ver infografía]. En tanto, fuentes de este Diario informaron que el Partido Morado ha entablado conversaciones con los exintegrantes de la Bancada Liberal Alberto de Belaunde y Gino Costa para incorporarlos como invitados. Estarían a la espera del pronunciamiento del ente electoral.
Si el JNE resuelve que los exlegisladores no pueden postular en este proceso, la recomposición de las listas quedará en manos de los órganos partidarios establecidos en los estatutos de cada entidad y los reglamentos de elecciones, explica Villalobos. En el Apra, la decisión la tomará el comité político; en Contigo, el tribunal electoral junto al comando de campaña; en Juntos por el Perú, el comité ejecutivo nacional del partido liderado por Yehude Simon, señalaron representantes de las tres agrupaciones.
En el caso de los exlegisladores que fueron elegidos en las votaciones internas, podrían ser sustituidos por sus accesitarios. En cuanto a los invitados, estos pueden ser reemplazados por otros, siempre y cuando cumplan los requisitos de ley.
—Escenarios con miras a las elecciones del 2020 y del 2021—
1. ¿Pueden postular en el 2020 los congresistas elegidos en el 2016?
José Manuel Villalobos señala que el espíritu de la reforma aprobada en el referéndum era que los legisladores no postulen en el 2021. Agrega que la Constitución establece que los períodos legislativos son de cinco años.
En tanto, Alejandro Rospigliosi afirma que la norma señala explícitamente que no se puede postular a la reelección de forma inmediata.
2. ¿Pueden postular en el 2021 los congresistas elegidos en el 2016?
Si el JNE decide que los exlegisladores no pueden postular ahora, se podría inferir que sí podrán hacerlo en el 2021. Así lo entienden Mauricio Mulder (Apra) y Juan Sheput (Contigo).
Pero esta situación es incierta, pues el JNE solo se podría pronunciar sobre las elecciones del 2020, y el próximo año cuatro magistrados del JNE serán reemplazados.
3. ¿Pueden postular en el 2021 los congresistas elegidos en el 2020?
Este escenario es el menos probable, pues los congresistas electos en enero incurrirían en los dos considerandos del debate: sería una elección inmediata y para un nuevo período.
Bajo las normas actuales, su participación estaría prohibida. Pero para la fecha en la que las listas se inscriban, el pleno del JNE tendrá una nueva formación.