Indecopi multa a la Pontificia Universidad Católica del Perú. (Foto: GEC)
Indecopi multa a la Pontificia Universidad Católica del Perú. (Foto: GEC)
Redacción EC

El Indecopi, a través de la Comisión de Protección al Consumidor N°3, multó a la Pontificia Universidad Católica del Perú (PUCP) con S/ 239,360 (54.4 UIT), mediante una comisión Ad Hoc, por cobrar intereses moratorios superiores a los permitidos en la ley y aplicar medidas intimidatorias para el cobro de pensiones del ciclo que estaba en curso.

En ente rector refiere que la ley establece que el cobro de moras por pensiones impagas no debe superar la tasa de interés interbancario dispuesta por el Banco Central de Reserva del Perú.

Mira: Tarifas eléctricas: Empresas financiarán ampliación de cobertura del FOSE

Sin embargo, se verificó -de acuerdo a las investigaciones- que la PUCP cobró moras superiores; y aunque devolvió voluntariamente algunos montos cobrados en exceso, se identificó que existen alumnos que aún no han recibido su dinero y en otros casos se les devolvió menos de lo que corresponde.

En cuanto al método de cobranza, el Código de Protección y Defensa del Consumidor señala que no se pude condicionar el pago de las pensiones del ciclo en curso, con la asistencia a clases, a la evaluación, ni a la atención de reclamos. Solo se pueden retener los certificados del ciclo no pagado, siempre que se haya informado de ello a los estudiantes o a los padres al momento de la matrícula.

Mira: Navidad: ¿Primero el pavo y ahora el cerdo? ¿Cómo ha sido impactado en precio y cómo va su consumo a nivel nacional?

Hay que precisar que la PUCP modificó su reglamento y suprimió la disposición que limitaba la gestión de trámites, es decir adecuó su conducta a las disposiciones legales del sector”, sostiene el ente.

Resarcimiento

Para resarcir a los estudiantes afectados, la Comisión de Indecopi ordenó a la PUCP, como medida correctiva, devolver a todos los alumnos los montos cobrados en exceso por concepto de mora además de los intereses legales generados a la fecha de la devolución.

Mira: ¿Por qué las comisiones de Constitución y de Economía no se ponen de acuerdo sobre el pedido de facultades?

Este caso fue iniciado de oficio en base a fiscalizaciones realizadas por el Indecopi, con el fin de verificar infracciones al Código de Protección y Defensa del Consumidor (artículo 73, sobre la idoneidad de los servicios educativos), y la Ley de Protección a la Economía Familiar sobre el pago de pensiones en institutos, escuelas superiores, universidades y escuelas de posgrado púbicos y privados.

Finalmente, la Comisión conformada por miembros Ad hoc, debido a la abstención de los titulares, decidió sancionar a la PUCP con 12.5 UIT por cobrar intereses moratorios superiores y con 41.9 UIT por aplicar medidas intimidatorias de cobranza.

La universidad se encuentra en plazo de apelación. La resolución se encuentra en este .

VIDEO RECOMENDADO

COVID-19: Los pasos que debes seguir para obtener el carnet de vacunación
Desde este lunes 15 de noviembre, las personas de 45 años a más solo podrán abordar los buses interprovinciales, si cuentan con las dos dosis de vacuna. Bajo contexto, surge la siguiente interrogante: ¿cómo un ciudadano puede acreditar que cuenta con la inmunización completa contra el COVID-19? Aquí te lo contamos.

TE PUEDE INTERESAR

Contenido sugerido

Contenido GEC