Sunafil ejercerá la fiscalización inspectiva y potestad sancionadora en Huancavelica, Amazonas, Apurímac, Junín, San Martín, Ucayali y Tacna. (Foto: GEC)
Sunafil ejercerá la fiscalización inspectiva y potestad sancionadora en Huancavelica, Amazonas, Apurímac, Junín, San Martín, Ucayali y Tacna. (Foto: GEC)
Redacción EC

La Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral () asumirá temporalmente las labores de inspección del trabajo en las regiones de Huancavelica, Amazonas, Apurímac, Junín, San Martín, Ucayali y Tacna) de forma progresiva a partir del próximo 28 de agosto. Con esto, la entidad ejercerá la fiscalización inspectiva y potestad sancionadora en dichas jurisdicciones.

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Según la Resolución Ministerial N°161-2020 emitida por Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (), se establece el proceso de transferencia temporal de competencias, funciones, personal y acervo documentario de los Gobiernos Regionales de Huancavelica, Amazonas, Apurímac, Ucayali, San Martín, Tacna y Junín, en el marco de la Ley de Fortalecimiento del Sistema de Inspección del Trabajo (Ley N° 30814).

“Se trata de una transferencia de competencias, funciones, personal –en este caso, el que realiza labor inspectiva-; así como del acervo documentario, que incluye órdenes de inspección, actas de infracción y procedimientos administrativos, los cuales pasarían de los gobiernos regionales mencionados a la Sunafil”, señaló la entidad fiscalizadora en un comunicado.

Para materializar la transferencia de competencias, la norma del MTPE refiere que se realizará a través de comisiones, integradas por miembros de la Sunafil y cada uno de los gobiernos regionales integrará la comisión que le corresponde. Los procesos se realizarán en base al siguiente cronograma:

Ámbito territorialFecha de inicio de la transferencia temporal de competencias, funciones, personal y acervo documentarioFecha de inicio del ejercicio de las competencias inspectivas y sancionadoras de la Sunafil
Huancavelica7 de agosto de 202028 de agosto de 2020
Amazonas7 de agosto de 202018 de setiembre de 2020
Apurímac7 de agosto de 202016 de octubre de 2020
Ucayali7 de agosto de 202013 de noviembre de 2020
San Martín7 de agosto de 202027 de noviembre de 2020
Tacna7 de agosto de 20204 de diciembre de 2020
Junín7 de agosto de 202018 de diciembre de 2020

La mencionada resolución precisa que el proceso de transferencia de competencias será supervisado por el MTPE.

También refiere que se suspenderán los plazos de los procedimientos de inspección del trabajo y de los procedimientos administrativos sancionadores a cargo de las instancias correspondientes de los gobiernos regionales desde tres días antes hasta tres días posteriores a la fecha que Sunafil empezará a ejercer la competencia.

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