El Ejecutivo publicó hoy en la edición extraordinaria del boletín de Normas Legales del diario oficial El Peruano, la Resolución Ministerial que dicta disposiciones para emitir bonos hasta por US$3.000 millones destinados a financiar parcial o totalmente la recompra de bonos soberanos y/o bonos globales comprendidos en la operación de administración de deuda. Así lo determinó a través de la Resolución Ministerial N.° 205-2024-EF/52.
La norma, que fue firmada por José Arista, ministro de Economía y Finanzas, precisa que la emisión interna de bonos, que puede ejecutar el Gobierno Nacional para implementar la operación de endeudamiento y la operación de administración de deuda, aprobadas por los artículos 6 y 7 de la Ley N.° 31955, Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal 2024, es por un importe equivalente en soles, hasta de 3,000 millones de dólares.
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Estos recursos se destinarán a financiar parcial o totalmente la recompra de bonos soberanos y/o bonos globales comprendidos en la operación de administración de deuda, así como financiar parcialmente los requerimientos financieros del año 2024. Además, el monto de bonos que resulte de implementar el intercambio de bonos soberanos comprendidos en la operación de administración de deuda.
Asimismo, establece que para los fines de la emisión interna de bonos aprobada mediante los artículos 6 y 7 de la ley N.° 31955, Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal 2024, destinada a implementar la operación de endeudamiento y la operación de administración de deuda bajo la modalidad de intercambio y/o recompra de bonos globales y soberanos, se aplica el mecanismo de colocación denominado bookbuilding o construcción de un libro de órdenes de compra de bonos sobre la base del cual el emisor los asigna, como sustitución al Programa de Creadores de Mercado.
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La norma aprueba la contratación de BofA Securities, Inc., Citigroup Global Markets Inc., J.P. Morgan Securities LLC y Santander US Capital Markets LLC, como asesores financieros de las operaciones de administración de deuda, de endeudamiento y la emisión de bonos.
Estas instituciones fueron seleccionadas con sujeción a los Procedimientos para la Contratación de Servicios Legal, Financiera y otros Servicios Especializados, en el marco del Decreto Legislativo N.° 1437, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Endeudamiento Público, aprobado mediante el Decreto Supremo N.° 167-2021-EF.
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