El Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería (Osinergmin) fijó este jueves las bandas de precios para el Gas Licuado de Petróleo destinado al envasado (GLP-E), Gas Licuado de Petróleo a granel (GLP-G), Gasohol de 84 octanos, Gasolinas de 90 y 84 octanos, y Diésel B5 de uso vehicular, así como para petróleo industrial 6 utilizado en generación eléctrica.
Mediante la Resolución de la Gerencia de Regulación de Tarifas del Osinergmin N° 054-2022-OS/GRT, publicada hoy en El Peruano, se fijaron las bandas de precios para los combustibles mencionados.
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La norma dispone las bandas de precios de la siguiente manera:
En tanto, la banda de precios para el petróleo industrial 6 utilizado en generación eléctrica en sistemas eléctricos aislados es:
Las bandas de precios y los márgenes comerciales aprobados en la resolución estarán vigentes a partir del viernes 28 de octubre hasta el jueves 24 de noviembre de este año.
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