La denominada Agenda 19 que presentó Iber Maraví, ministro de Trabajo y Promoción del Empleo, ante la Comisión de Trabajo del Congreso el martes por la tarde generó distintas reacciones. Especialistas consultados por El Comercio resaltaron, por ejemplo, la ausencia de medidas para crear y expandir empleo de calidad, y la imposibilidad de retirar las demandas de inconstitucionalidad que presentó el gobierno de Francisco Sagasti contra la eliminación del régimen CAS y la negociación colectiva.
La mayoría de los puntos de la Agenda 19 se refieren a medidas que debe adoptar el sector público, salvo algunas como la condonación de horas de licencia para los empleados pertenecientes al grupo de riesgo durante la pandemia y la vacunación de los trabajadores que realizan labores presenciales. Sin embargo, no enfatiza en cómo se lograrán nuevos empleos. “Uno mira los 19 puntos y ninguno da alguna indicación sobre la generación de empleo de calidad”, afirma Hugo Ñopo, economista e investigador en Grade.
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Para Ñopo, el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) no habría advertido la importancia del sector privado en la generación de empleo. “El presidente Castillo anunció la creación de 260 mil puestos de trabajo, aproximadamente el 2% de la población económicamente activa. Quien de verdad generará empleo es el sector productivo y para que el sector productivo privado genere empleos de calidad necesitamos que inviertan. Se necesita un Ejecutivo sólido que dé la confianza para la inversión”, afirma.
En esa misma línea, la Confiep indicó en un comunicado que el gobierno debe potenciar el diálogo con las empresas. “Para tener empleo formal se requiere más inversión privada y para ello es indispensable generar un clima de confianza que se puede generar con un diálogo franco”, indicó el gremio.
Adicionalmente a ello, para ComexPerú, la informalidad es una arista que no puede dejarse de lado en la agenda del sector laboral. “Lo que nos preocupa más es que la agenda está enfocada al sector formal, pero no se dijo nada sobre los niveles de informalidad que se han incrementado durante la pandemia. [Lo presentado por el MTPE] es una agenda que solo se aplicaría al 23% de los peruanos si la informalidad está en un 77%”, asegura Jaime Dupuy, gerente de Asuntos Legales y Regulatorios de ComexPerú.
Retiros imposibles
Durante su presentación en la Comisión de Trabajo del Parlamento, Maraví anunció que su cartera buscará retirar las demandas de inconstitucionalidad contra la ley que elimina el régimen CAS y la ley de negociación colectiva. Ambas normas fueron observadas por la administración de Francisco Sagasti, pero aprobadas por insistencia en el Congreso. Ello provocó que el Ejecutivo elevara la problemática al Tribunal Constitucional (TC). El organismo admitió ambas acciones legales a trámite antes del cambio de gobierno.
A pesar de que el MTPE presentó el retiro de ambas demandas como una prioridad, la ley se lo impedirá. “Una vez presentada y admitida la demanda, el TC actúa de oficio. No hay la posibilidad de retirar la demanda”, señala Óscar Urviola, expresidente del TC. “Si ya fue admitida la demanda, el TC ya ha resuelto [...] que es improcedente cualquier pedido de desistimiento en cualquier proceso de inconstitucionalidad”, añade el abogado constitucionalista, Natale Amprimo.
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Los especialistas consultados coincidieron en que el camino que deben seguir ambas denuncias es esperar la decisión del TC. Además, coincidieron en que el MTPE y el Congreso todavía pueden reglamentar ambas leyes, ya que todavía se encuentran vigentes. Si el TC se pronunciara en contra de ambas, los reglamentos quedarían sin efecto. “No recomendaría trabajar los reglamentos porque si el TC fallara a favor, se dejaría sin efecto la ley [...] Sería un trabajo infructuoso”, resalta Germán Lora, socio de Damma Legal Advisors.
El precio y las contradicciones
El gobierno de Francisco Sagasti explicó en su momento las consecuencias que traerían la eliminación del régimen CAS y la negociación colectiva.
En el caso de la primera, la demanda señala que la incorporación de las 286 mil personas contratadas a través del régimen CAS al régimen laboral permanente implicaría un costo -no previsto en el presupuesto público-ascendente a S/3.600 millones. En el caso de la norma que regula la negociación colectiva en las entidades públicas, el Ejecutivo indicó que esta ley generaría costos adicionales de hasta S/6.228 millones al año.
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Los analistas consultados indicaron que estos montos representan riesgos a futuro para el presupuesto público. “Esas normas podrían ser un riesgo muy grande para el erario nacional a futuro, porque en el tema del CAS significa meter en planilla a más de 200 mil [empleados] con todos los beneficios y eso será un gasto muy importante. [...] Son cambios abruptos y de manera indefinida”, advierte Lora.
Así, estos cambios repentinos podrían generar reestructuraciones en los planes de las entidades públicas. “En un ministerio tienes un presupuesto anual. Si un porcentaje de tus trabajadores pasa a planilla, definitivamente mi gasto se va a elevar y ese gasto no lo tengo presupuestado. Por lo tanto, debo sacar mi presupuesto de otro lado o debo pedirle al MEF más presupuesto para poder solventar esta situación”, añade Dupuy.
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Por otro lado, el anuncio del retiro de la demanda de inconstitucionalidad contra la eliminación del CAS se dio un día después que el Ejecutivo autorizó al Ministerio de Salud y otras entidades de ese sector a contratar personal utilizando este régimen hasta fin de año. “Pareciera que no hay coordinación entre los sectores del Gobierno. Habría que consultarle al ministro de Salud si sabe que esos CAS, como consecuencia de este plan, van a pasar a planilla del Minsa. ¿El Minsa está considerando ese gasto? Además, se supone que es un gasto extraordinario por la emergencia. Cuando acabe la pandemia, ¿los seguirá manteniendo en su planilla?”, cuestiona Pablo Lavado, director de la maestría en Economía de la Universidad del Pacífico.
SERVIR y Suspensión Perfecta de Labores
Entre las 19 medidas anunciadas también está el traslado de las competencias sobre la Autoridad Nacional del Servicio Civil (SERVIR) de la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM) al MTPE. Las fuentes consultadas señalaron que esta medida tendría un trasfondo político, pues el objetivo de SERVIR es la gestión de trabajadores del Estado. “SERVIR tiene que ser un tema más técnico, si pasara al MTPE, se volvería más político. Si bien no le han dado la importancia que debe tener, mandarlo al MTPE sería abogar por los intereses de los trabajadores del sector más que por el propio funcionamiento del Estado. El riesgo político sería lo que está pasando ahora: se impulsaría el traslado de los CAS a planilla, no se priorizaría la meritocracia”, remarca Lora.
En tanto, la derogación de la Suspensión Perfecta de Labores -anunciada como una prioridad a corto plazo- generaría mayor desempleo del previsto. “En condiciones normales las empresas podrían tomar medidas como liquidaciones o ceses colectivos. Para tratar de no generar despidos y mantener los puestos de trabajo, se crea esta figura por la cual una empresa, si sustenta su situación, accede a la suspensión. La SPL solo está vigente durante el Estado de emergencia. Cuando este culmine, las personas regresarán a su puesto de trabajo”, finaliza Dupuy.
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