Se establecieron medidas destinadas a mejorar la actuación inspectiva. (Foto: Andina)
Se establecieron medidas destinadas a mejorar la actuación inspectiva. (Foto: Andina)
/ ANDINA
Redacción EC

El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo () aprobó hoy, por decreto supremo, la modificación del reglamento de la Ley General de Inspección del Trabajo con la finalidad de que la labor inspectiva cuente con herramientas jurídicas más disuasivas para garantizar el cumplimiento de las obligaciones sociolaborales y, en especial, las de seguridad y salud en el trabajo en favor de la protección de los trabajadores.

También se establecen medidas destinadas a mejorar la actuación inspectiva. En ese sentido, desde este 11 de febrero, se podrá decidir el cierre temporal de un local cuando, en una visita inspectiva, el inspector detecta evidencias razonables o documentadas de que la inobservancia de las normas de seguridad y salud pudieron causar el accidente mortal. También procederá si se detecta un grave riesgo e inminente contra la seguridad y salud de los trabajadores, indicó Jorge Toyama, socio del estudio Vinatea & Toyama.

El cierre temporal del local comprende la paralización y prohibición inmediata de trabajos o tareas; además, estará vigente mientras persista el riesgo a los trabajadores y hasta toda la fase de investigación de Sunafil (no más de 30 días calendario).

Asimismo, los días en que se realice el cierre temporal del local, se consideran remunerados para los trabajadores para todo efecto legal. No pueden darse vacaciones salvo que estuvieran previamente pactados.

Multas muy graves

El reglamento también incluye la precisión de las multas muy graves, como si no se adoptan medidas preventivas ante riesgos graves e inminentes; incumplir normas de tutela ante accidentes que causen daños al trabajador y no dar asistencia o descansos médicos; cualquier incumplimiento que origine un accidente mortal; incumplimientos que originen enfermedades de trabajo y no realizar exámenes médicos o vigilancia de la salud laboral; y obstaculizar investigaciones ni cumplir con las medidas ante un accidente mortal.

Las multas, no obstante, se reducen según el tamaño de la empresa, como aparece en la tabla a continuación.

Tabla de sanciones actualizada.

El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo revisa las tablas de sanciones con una periodicidad de dos (2) años.
El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo revisa las tablas de sanciones con una periodicidad de dos (2) años.

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