El Indecopi se adecuará en un plazo de nueve meses al decreto de urgencia emitido el martes (Nº 013-2019), que establece el control previo de las operaciones de concentración empresarial (control de fusiones y adquisiciones).
“El Indecopi debe prepararse adecuadamente ahora que se ha activado la norma para poder estar a la altura [...]. En eso ya estamos trabajando con anticipación. Creemos que esos nueve meses es tiempo suficiente para que nosotros estemos listos para aplicarla de manera correcta”, expresó en diálogo con RPP.
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Como se recuerda, el Ejecutivo emitió ayer martes dicho decreto con el objeto de promover la eficiencia económica en los mercados para el bienestar de los consumidores.
“Esta ley va a estar a cargo del Indecopi como autoridad de competencia en el Perú. Y lo que busca es que determinadas operaciones de concentración empresarial –como por ejemplo fusiones por absorción, compra de activos que generen algún tipo de control importante en una compañía, etc.– deban ser notificadas al Indecopi siempre y cuando superen un determinado umbral”, subrayó.
Vale resaltar también que la norma entrará en vigencia en un plazo de nueve meses, que comienzan a correr hoy. Asimismo, se mantendrá durante un periodo de cinco años.
El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), por su parte, elaborará y publicará su reglamento en un plazo de seis meses, contados a partir de la publicación de la norma.
La ley de control de fusiones implica que aquellas operaciones de concentración (por ejemplo: fusiones por absorción, compras de acciones o compras de activos que permitan ejercer control, etc.) que superen un determinado umbral previsto en la norma, deberán ser notificadas a la autoridad de competencia (Indecopi).
La norma ha establecido determinados parámetros cuantitativos que determinan cuáles operaciones deben ser notificadas al Indecopi para evaluarlas
- Umbral conjunto: 118.000 UIT (equivalente a US$150 milones)
- Umbral individual: Por lo menos 18.000 UIT (equivalente a US$23 millones)