El pleno del Congreso aprobó con 56 votos a favor, 47 en contra y 10 abstenciones el texto sustitutorio que plantea la modernización del sistema previsional peruano. Su aprobación se dio en primera votación, por lo que el Legislativo deberá ratificar la decisión en segunda votación en el transcurso de siete días calendario.
El texto, que nace de la Comisión de Economía, establece un sistema basado en cuatro pilares: no contributivo, semi contributivo, contributivo y pilar voluntario.
Durante el debate, el presidente de la comisión de Economía, el congresista César Revilla, detalló el alcance de cada uno de los pilares. “El pilar no contributivo comprende a los actuales beneficiaros de Pensión 65 y Contigo. El pilar semicontributivo comprende a los afiliados del sistema público y privado estableciendo una pensión mínima que se garantiza con recursos del Estado”, detalló.
En tanto, el pilar contributivo considera a los afiliados que aporten al sistema y otorga prestaciones de jubilación, invalidez, sobrevivencia y otros. En este pilar, se amplia las instituciones que pueden cautelar los fondos previsionales desde el lado privado.
Finalmente, el pilar voluntario es complementario al sistema, y permite a las personas afiliadas a este mejorar sus pensiones o completar sus aportes para acceder a las prestaciones que brinda dicho pilar.
Pensión mínima
La iniciativa establece una pensión mínima para todos los afiliados, algo que no se tenía hasta el momento. El monto es de S/600. Se detalla también que el monto de la pensión mínima se evalúa cada tres años, tomando en consideración la capacidad financiera del Estado y las posibilidades de la economía nacional. La aprobación de dicha pensión mínima debe darse mediante ley del Congreso y a propuesta del Ejecutivo previo informe del Consejo Fiscal.
Del mismo modo, establece que las tasas de aportación para los afiliados a la ONP no puede ser inferior al 13% de la remuneración mensual. En tanto, en el caso del sistema privado, el aporte está constituido por un 10% de la remuneración mensual así como un porcentaje de la remuneración asegurable destinada a financiar las prestaciones de invalidez y sobrevivencia.
Pensión por consumo
El principal punto de debate en el pleno estuvo centrado en la pensión por consumo. La iniciativa, que forma parte del texto aprobado, plantea la opción para los afiliados puedan incrementar sus ahorros para la jubilación mediante los gastos por consumo sustentados en boletas de venta electrónicas que contengan nombre y DNI.
Dicho aporte, señala el texto, “se financia con recursos del Tesoro Público consignados y autorizados en el presupuesto público de cada año”. Además, el aporte por consumo se calculará con periodicidad anual y equivale al 1% de la suma de los importes de venta. Del mismo modo, “el consumo total materia del cálculo de la pensión no debe exceder las 8 UIT anuales”. Es decir, S/41.200 al valor actual. Además, el comprobante de pago emitido que será considerado para la pensión por consumo podrá tener un valor máximo de hasta S/ 700.
Para el congresista Jorge Montoya, la medida no tendrá efectos sobre la población a la que se quiere atender y tampoco considera un análisis técnico sobre la sostenibilidad de esta modalidad. “La pensión por consumo no funciona y los expertos lo han dicho. No es un sistema que funcione para los informales. Tampoco se conoce cuál es el costo fiscal de la medida. Es una incógnita cuánto le costará a los peruanos esta propuesta y si es sostenible en el tiempo”, agregó.
Montoya, al igual que otros parlamentarios durante el debate, solicitaron enviar a cuarto intermedio el texto para revisar los detalles técnicos. Una primera cuestión previa fue rechazada y, posteriormente, el presidente de la comisión de Economía sometió al voto la medida.
Sobre retiros
Sobre el retiro de aportes, queda prohibido el retiro o extraordinario de los fondos acumulados en las cuentas individuales de aportes obligatorios del sistema por parte de los afiliados durante su etapa activa.