El presidente de la Asociación de Instituciones de Microfinanzas del Perú (Asomif), Jorge Antonio Delgado, indica que se tiene que realizar un "análisis profundo" al dictamen actual que propone la Ley de Control Previo de Operaciones de Concentración Económica (Ley de control de fusiones), debido a las consecuencias que tendría en el rubro al que pertenece.
¿Cuál es su postura respecto a la Ley de control previo de fusiones?
El Indecopi no puede estar a cargo de realizar el control previo de fusiones del sector microfinanciero. La Superintendencia de Banca y Seguros (SBS), organismo que supervisa al sector bancario, debe asumirlo y, en caso de necesitar una opinión no vinculante, podría buscarlo, por ejemplo, en el Banco Central de Reserva. Ellos, desde su autonomía, pueden desarrollarlo.
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¿La SBS podrá evitar escenarios de concentración perjudiciales para el consumidor?
La SBS tiene la parte técnica y sabe a cabalidad cuándo hay concentración o no. En todo caso, si se desea encargar este tema al Indecopi, se tendría que precisar que no tengan actitud de veto.
¿Por qué el Indecopi no?
Indecopi es un organismo público y adscrito a la presidencia del consejo de ministros (PCM), al poder ejecutivo. No es autónoma y tiene, de algún modo, injerencia. [Por lo contrario], la SBS es autónomo constitucionalmente y eso hace que no tenga injerencia. Por otro lado, la SBS da respuestas rápidas porque tiene como fin proteger los ahorros del público.
¿Existen riesgos con esta situación?
De existir eventuales crisis, especialmente en el sector microfinanzas, se debe manejar de forma muy reservada para evitar el pánico financiero, por lo que no puede estar a cargo el Indecopi. El proceso de un contrato de leasing, que es un activo productivo, se llenaría de consultas y demoraría. Y se debe entender que cuando hay complicaciones, se necesita hacer una fusión. [Aquí] el Indecopi no tiene nada que ver; por lo contrario, puede poner en riesgo la operación por provocar pánico.
El sector microfinanciero ha ido ganando un espacio de confianza en el público. Incluso, las entidades supervisadas por la SBS deben ser separadas [del alcance de esta ley] porque ya están bajo una lupa. Se tiene que hacer un análisis profundo.
Se tendría que evaluar, por lo menos, su injerencia en el sector microfinanciero, ¿entonces?
Hay que recordar que, en el caso de empresas comerciales, las crisis del mercado solo afectan los accionistas; pero en el sector bancario se pone en riesgo el efectivos de las personas. Este proyecto pone en riesgo el rescate financiero en eventuales crisis. Allí se necesitan opiniones ágiles. Por último, en Colombia, país miembro de la OCDE, todo informe respecto al mercado son tomados de forma no vinculante. Si queremos un ejemplo a seguir es este. ¿Por qué debe hacerse algo diferente acá?