El economista Alonso Segura indicó que las personas que hayan reprogramado sus deudas con las facilidades que otorgó el Gobierno previamente, podrán hacerlo nuevamente con la ley recientemente aprobada por el Congreso de la República.
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“Los que reprogramaron deudas van a poder volverlo a hacer, siempre y cuando sigan como deudores normales o con potenciales problemas”, apuntó el ex ministro de Economía y Finanzas en diálogo con Agenda Política.
Segura explicó los alcances de la ley de reprogramación y congelamiento de deudas. Hizo hincapié en que esta medida es voluntaria, tanto para los ciudadanos como para las entidades del sistema financiero.
Además, anotó que, al contrario de la propuesta original del Parlamento, esta “no es inconstitucional, y no obliga a entidades financieras ni a deudores”.
“Las entidades no están obligadas. Aquellos interesados pueden hacer su solicitud, y la entidad tiene la potestad de aceptarlo o rechazarlo, pero con un plazo corto para responder”, subrayó.
La norma permite a las personas solicitar que se congele la deuda por tres meses, estas cuotas se difieren hacia el futuro, pero los intereses por el crédito congelado siguen corriendo.
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ALGUNOS DE LOS REQUISITOS
Entre los requisitos para acceder a este beneficio es que el deudor no tenga un atraso mayor a 89 días. En centrales de riesgo deben calificar como “normal” y “con problemas potenciales”.
Además, se establecen topes por el tipo de crédito (consumo, personal, vehicular, hipotecario o mype). En el caso de los créditos personales o de consumo, por ejemplo, el límite es de S/ 10.000.
Los créditos vehiculares tienen un tope de S/ 50.000, los hipotecarios de S/ 250.000, y las mypes tienen un límite de S/ 20.000.
En el caso de la reprogramación, si la entidad acepta, debe bajar la tasa de interés del crédito y reprogramarlo, por lo menos, seis meses. En el caso de los créditos hipotecarios, son nueve meses.
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