Empresas del sector privado tienen hasta el 15 de este mes para depositar la CTS a sus trabajadores. (Foto: USI)
Empresas del sector privado tienen hasta el 15 de este mes para depositar la CTS a sus trabajadores. (Foto: USI)
Redacción EC

La Compensación por Tiempo de Servicio () es un beneficio social para los trabajadores dependientes. Sirve como un fondo de contingencia frente a emergencias o un escenario de cese laboral. 

En los meses de mayo y noviembre, el empleador debe depositar la CTS en la cuenta habilitada de una entidad financiera que haya  escogido por el trabajador.

A raíz de la entrada en vigencia de la Ley de CTS, y sus modificatorias, los trabajadores pueden retirar hasta el 100% del saldo excedente a un monto equivalente a cuatro sueldos actuales. En caso el trabajador quede desempleado, podrá retirar la totalidad de la CTS.

Si bien el saldo excedente de la CTS puede ser retirado, considerando las condiciones descritas, es recomendable considerar este monto como un seguro frente a un despido arbitrario. 

El pasado 15 de noviembre fue el plazo máximo para que las empresas puedan depositar este monto a sus trabajadores. En este sentido, el brinda algunos consejos importantes a considerar al momento de elegir a la institución financiera para el depósito de este beneficio laboral.

►INFORMACIÓN

Es importante conocer e informarse sobre la experiencia, solidez financiera, solvencia y cobertura, a nivel nacional, de la entidad financiera antes de tomar una elección. La CTS debe ser depositada en una entidad supervisada por la , ya que estas se encuentran cubiertas por el Fondo de Seguro de Depósitos ().

De esta manera, los ahorros del trabajador estarán protegidos en caso  la entidad cierre. Si esto sucede, el FSD devolverá el dinero a las personas que hayan depositado, hasta en un monto máximo de cobertura que se actualiza trimestralmente en la página del fondo.

►RENDIMIENTO

Otro punto importante es elegir la entidad que brindará mayores rendimientos en el tiempo. La Tasa de Rendimiento Efectivo Anual (TREA) es la que te indica el monto que ganas por depósito. Por ello, es importante que te informes al detalle y escojas la opción que ofrezca un mejor rendimiento.

En este sentido, el portal de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) permite visualizar en orden descendente las instituciones y los intereses que pagan por depósito de CTS.

►BENEFICIOS ADICIONALES

También es conveniente preguntar a la entidad financiera si se contará con mejores tasas al adquirir productos y/o servicios propios de la institución, tales como tarjetas de crédito, créditos hipotecarios y vehiculares, etc. 

Asimismo, debido a la competencia en el mercado, otros aspectos adicionales a considerar son descuentos en establecimientos comerciales, viajes, restaurantes, bares, cines, entre otros beneficios, que hacen más atractivo el producto.

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