JUAN SALDARRIAGA
El ‘candado’ que el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) incorporó a la ley de modernización de la refinería de Talara para impedir que Petro-Perú distraiga recursos en otros proyectos (particularmente, en exploración y explotación de hidrocarburos) no cerraría las puertas a todas las iniciativas de inversión, según especialistas en hidrocarburos consultados por este Diario.
La Ley 30130, promulgada el 18 de diciembre, especifica en su artículo 6 que la estatal solo podrá realizar proyectos de inversión si estos “no generan a la empresa pasivos firmes o contingentes, presentes o futuros, no afectan las garantías del proyecto de modernización de Talara (valorizado en US$2.320 millones) y no demandan recursos al Tesoro Público”.
Esta cláusula impide no solamente que Petro-Perú incursione en aventuras exploratorias, sino también en negocios de producción compartida, como los que planeaba desarrollar inmediatamente con los operadores petroleros del noroeste peruano (lotes I, III, IV, VI y VIII) y posteriormente con los de la selva norte (lotes 8 y 1-AB).
Luis Miguel Castilla, titular del MEF, fue claro al respecto durante su presentación en el Congreso. Señaló allí que si Petro-Perú asumiese este tipo de convenios “contraería obligaciones diferidas en el tiempo que podrían afectar sus ratios de deuda y hacer peligrar el financiamiento del proyecto de modernización de Talara”.
Según el consultor en hidrocarburos Carlos Gonzales, esta restricción no es válida para el lote 64 (en Loreto) porque este activo ya está en poder de Petro-Perú, tiene reservas certificadas y porque su desarrollo, en asociación con un privado, no generará pasivos que puedan desviar recursos del proyecto de Talara.
“Podría no ocasionarse ningún pasivo si Petro-Perú y el privado pactan que la porción de la inversión de Petro-Perú será ‘no reembolsable’, o si el pasivo se contrae con el socio, prometiendo que se le pagará con la producción del lote”, explicó.
Precisó que el lote 64 es más rentable para Petro-Perú que para cualquier privado, pues la petrolera estatal es dueña del oleoducto y la refinería más cercana (Talara), lo que reduce los costos logísticos.
Eleodoro Mayorga, experto en gas y petróleo, interpreta, asimismo, que las restricciones del artículo 6 son manejables bajo ciertas premisas.“La ley no impide que Petro-Perú participe en otros proyectos pues, si no, ¿cómo van a ingresar los inversionistas privados? Estos entrarán a través de proyectos seguros, en los cuales la empresa no tomará riesgos”, dijo.
Un proyecto seguro y de bajo riesgo es, en su opinión, el desarrollo del lote 64, pero integrado en un contexto más amplio que abarcaría el Oleoducto Nor-Peruano y los lotes de crudo pesado de Pluspetrol (8 y 1-AB) y Perenco (67 y 38). Otro es la participación de Petro-Perú en el manejo de los terminales de almacenamiento, próximos a revertir al Estado Peruano, pero “con inversiones que el privado tiene que asegurar” .
El artículo 6 no limita los proyectos que “permitan mantener la operatividad de la empresa”. ¿Qué proyectos son esos? El MEF o Petro-Perú son los llamados a explicarlo.
EL LOTE 64
ALTO RIESGO. El lote 64 tiene 55 millones de barriles de reservas certificadas de crudo liviano pero su desarrollo “no será sencillo”, según Víctor Sanz, profesor de geología de la UNI. “Se trata de un lote costoso y de muy alto riesgo debido a la profundidad a la que se encuentran las reservas de petróleo: 5.000 m”, explica.
EL FACTOR SOCIAL. En su opinión, la clave para desarrollar el proyecto es que la estatal se asocie con una empresa que aporte la tecnología y personal experimentado que hoy no posee. Otro reto es la conflictividad social, que obligó a Talisman (anterior operador) a ceder el lote a Petro-Perú.