El Osiptel declaró infundada la apelación de Entel y confirmó tres sanciones contra la operadora por un valor de 69,8 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), equivalente a S/ 293.160, pues el valor de la UIT se ubicaba en S/ 4.200 cuando inició el proceso sancionador, el año pasado.
Las dos primeras multas, de 10,1 y 8,7 UIT, fueron impuestas porque Entel no efectuó devoluciones cuando se interrumpió el servicio del usuario por causas no atribuibles al abonado.
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La empresa incurrió en estas faltas en el segundo semestre de 2017 y el primer semestre de 2018, según el ente regulador.
La tercera sanción, de 51 UIT, se le impuso por incumplir con la entrega de información requerida por el Osiptel.
El pasado 21 de noviembre, Entel presentó un recurso de apelación en relación a estas tres multas, que el Osiptel declaró infundado. Además, señaló, esta resolución agota la vía administrativa.
La decisión del organismo fue publicada hoy en el Diario Oficial El Peruano, mediante Resolución de Consejo Directivo Nº 180-2019-CD/OSIPTEL.