La semana pasada, el Tribunal Arbitral del Deporte (TAS, por sus siglas en francés) determinó que fue incorrecta la sanción impuesta por la Comisión de Concesión de Licencias de la Federación Peruana de Fútbol (FPF) a Carlos Stein (multa económica) y la reemplazó por un descuento de dos puntos aplicables para la temporada 2020.
Junto a la mención de que la ejecución de la resolución es inmediata, estas fueron las únicas precisiones que hizo el TAS. Este tribunal no expresó palabra alguna sobre el cómo.
MIRA ► Alianza Lima vuelve a la Liga 1: ¿Cuánto mejorará esto la economía del club?
Para ello, la FPF creó una “Comisión Especial” a la que se le delegó “las atribuciones necesarias para la ejecución del laudo arbitral” del TAS. Esta finalmente determinó que Alianza Lima ocupe el lugar de Carlos Stein en la temporada 2021 de la Liga 1.
Sin embargo, la decisión de la FPF en contra de Stein no considera una serie de factores que traspasan el carácter deportivo y, por lo contrario, sí implican afectaciones a derechos contractuales. Estas terminarían con eventuales demandas a Carlos Stein y la propia FPF.
STEIN, EL PRIMER CULPABLE
A inicios del mes, Carlos Stein presentó que algunos de sus patrocinadores para la presente temporada eran New Life, Patéko, Muller Biotec, Didácticos Yocusa, Inmobiliaria Mahal, Gimnasio World Light, C&C Inmobiliaria y Negocios PASA.
Leysser León, consultor de Philippi Prietocarrizosa Ferrero DU & Uría (PPU), explicó en primer lugar que cuando una empresa realiza una inversión tiene todo el derecho de que se le corresponda de igual manera respetando las condiciones por la que se firmó el contrato.
“Si mi auspicio o inversión está sujeto a que el equipo tenga participación en la primera división y esto no se da; yo como inversionista tengo el derecho de resolver el contrato. Incluso, aún cuando no está establecido en el contrato, esta condición de jugar en primera está implícita. Esto es el principio de representación, todo aquello que tomas en cuenta para invertir, es el presupuesto que lo llevan a contratar con él”, refirió.
Sin embargo, León explicó que existen matices para esclarecer responsabilidades. En el marco legal existe la posibilidad de que el contrato se resuelva sin demandas, solo cuando se rompe el vínculo contractual por imposibilidad no imputable a las partes. Esto es cuando ninguna de las partes tiene culpa. Un ejemplo es la llegada de una pandemia. Pero este no es el caso.
“El problema ocurre cuando se evalúan los términos en los que se le hizo perder la categoría a Stein. En este caso se responsabiliza al mismo club por haber perdido la categoría. Si esto ocurre hay responsabilidad civil”, mencionó.
➡️Presentamos nuestra Piel Carlista para esta temporada 2021, representada por la pasión y cultura de nuestro departamento de Lambayeque.#CarlistaDeCorazón #LaPielCarlista2021#NoBajemosLaGuardia pic.twitter.com/2gYkIdf3i5
— FC Carlos Stein Oficial (@FcCarlosStein) March 4, 2021
En este aspecto, Domingo Rivarola, socio del área de litigios y arbitrajes en Cuatrecasas, detalló que para esclarecer la responsabilidad de Stein con sus vínculos contractuales deben resolverse dudas relacionadas a si la medida -la deducción de dos puntos a Stein- era de obligatorio cumplimiento, si era una situación previsible o si había otra manera para que el club siga cumpliendo el contrato.
“Empezando por lo tercero, por ejemplo, no había forma alguna de cumplir dichos contratos porque la FPF los sacó del torneo. En general, [los incumplimientos de los contratos] son causados por culpa de Stein. Es como matricular a jugadores que no debiste porque no podías pagar. Eso, luego amerita una sanción: motivaste tu propia desclasificación. Desde este punto, Stein no estaría librado de responsabilidad. Hay un problema en la declaración que hizo a sus patrocinadores”, detalló.
León indicó que la terminación de un contrato contempla tres fases. La primera es el efecto extintivo, que elimina el contrato; luego está el restitutorio, que significa la devolución de la prestación; y finalmente el resarcitorio, que implica pagos por afectaciones.
En esta línea, Rivarola anotó que algunos de los daños que habría ocasionado Stein -y por los que podría ser demandado- son sobrecostos en los que incurrieron los patrocinadores para ejecutar los contratos (indumentarios y demás) y el lucro cesante (lo que iban a ganar los patrocinadores con la ejecución del contrato).
Sin embargo, ambos expertos indicaron que esto es solo una primera fase, pues una segunda alcanza a la FPF.
LA FPF TAMBIÉN SE MANCHA
Luego de todas estas demandas que podrían entablarse ante Stein, los abogados señalaron que dicho club podría replicarlas ante la FPF.
“Los sponsors no tienen acción directa con la FPF. Ellos van contra Stein. Pero cada sol y dólar que le saquen, lucro cesante y demás, Stein puede repetirlo contra la FPF porque creó la apariencia que tenía presencia en la Liga 1, el cual se utilizó para la firma de contratos comerciales”, apuntó.
Un detalle no menor es que la FPF a inicios del año brindó una serie de permisos a todos los clubes para participar de la Liga 1 temporada 2021, de la cual incluso Stein jugó un primer partido.
Rivarola planteó que la pregunta para este caso es si la medida que tomó la FPF (descender a Stein) era una diligencia ordinaria, si Stein pudo prever este escenario o si en verdad son una parte vulnerada que fueron engañadas.
“Stein puede ir ante la FPF a pedirle que les devuelvan lo que tuvieron que pagar. Pero es importante recordar que la relación de los clubes con la FPF está marcada por los estatutos. Entonces, debería verse si lo de Stein incumple los estatutos y reglamentos. Y si se determina que lo es, nuevamente, evaluar si la FPF podría haber actuado de otra manera o era la única para implementar la decisión de TAS”, refirió.
En simple, Rivarola indicó que las preguntas para identificar responsabilidades en Carlos Stein respecto a sus patrocinadores, eventualmente, también se replicarían sobre la FPF respecto al club de Lambayeque.
SITUACIÓN DE LOS JUGADORES
Si bien pueden existir dudas sobre el impacto de que un jugador dispute primera o segunda división, Jhonny Baldovino, asesor legal de la Agremiación de Futbolistas Profesionales del Perú (SAFAP), recordó que en el país existe un solo modelo de contratos para los futbolistas.
Agregó que en este se tiene una cláusula que detalla que el futbolista participará en la primera división o, si corresponde, en segunda u otros torneos.
“En principio el jugador firma normalmente por un año. Durante esa temporada no cambia de división. Lo que pasa es el caso de Stein es sui generis. Ahora bien, cuando un jugador firma un contrato no hay consideración si eres joven o mayor. Cuando uno firma un contrato, lo principal es que el ámbito contractual esté asegurado. Y hoy cuando Stein juegue en segunda división los contratos están asegurados”, apuntó.
“Las condiciones, como el salario, son las mismas, salvo que las partes estén de acuerdo en variarlo”, agregó.
Baldovino señaló que es válido que existan jugadores que consideren que no deben jugar en segunda división, pero que no es motivo para que “rompan” el contrato. Por mutuo acuerdo el jugador puede irse del club, pero depende de él si se pueden insertar a un nuevo equipo, añadió.
“Esto es como cuando Alianza Lima descendió en el 2020 y se desvinculó de varios jugadores. Un jugador no puede no querer jugar y pretender que se le indemnice por jugar en segunda. Los jugadores reciben un pago por la prestación de un servicio, no por jugar en primera o segunda. Nuevamente, a nivel deportivo cada jugador tiene su línea de carrera, pero no quiere decir que jugar en segunda les permita pedir una indemnización”, subrayó.
- Ladrillos Fortes: “Durante la pandemia el sector ladrillero ha pasado del 70% de informalidad al 85%”
- Unilabs: “Entre el 10% y 15% de las pruebas que tomamos al día dan positivo a COVID-19”
Por último, Baldovino indicó que, la tarde de este lunes, la FPF estaba brindando flexibilidades para la desvinculación de algunos jugadores. Con los que no logren encontrar un nuevo equipo y, por ende, tengan que mantenerse en Stein, la FPF señaló que “sostendrá reuniones con SAFAP para mitigar el impacto que pueda ocasionar la ejecución del laudo a los jugadores inscritos por Stein”.
También se ha conocido en las últimas horas que, considerando esta medida, para los jugadores de Stein se mantendría abierto el mercado de pases por un mes. Este cerraba este viernes 26 de marzo.
Se intentó contactar a voceros de Carlos Stein, pero no fue posible.
TE PUEDE INTERESAR
- BCR revisa a la baja proyección de crecimiento de 11,5% a 10,7% para el 2021
- Proyecto para controlar precios de medicamentos retornará a Comisión de Salud: ¿Qué se plantea?
- Playas del norte: ¿qué medidas están tomando para atraer a los turistas pese a la pandemia?
- Velarde al Congreso: “No hay forma de calificar generosamente estos proyectos”
- Platanitos, Calimod, Crocs y más: ¿Cómo han cambiando las tendencias de calzado?
MIRA TAMBIÉN
- Las más leídas
- 1
REVISA, DolarToday y Monitor Dólar hoy, 17 de diciembre: cotización del dólar en Venezuela
- 2
Larcomar: advierten riesgos de terraza gastronómica al borde del acantilado
- 3
Airbnb: congreso a un paso de cambiar las reglas del alquiler de inmuebles y expertos reaccionan
Contenido sugerido
Contenido GEC