Los representantes de la Asociación Empresarial Gamarra Perú, la Asociación de Bodegueros del Perú (ABP), la Asociación de Empresarios de la Panadería y Pastelería (Aspan) y la Asociación Nacional de Farmacias y Boticas Independientes organizaron una conferencia de prensa para exigir la aprobación de proyecto de ley 04952/2022, que impide el cierre arbitrario de locales comerciales. La norma fue presentada por Hernando Guerra García, congresista de Fuerza Popular.
Durante el evento los voceros expresaron su descontento frente a los cierres que, según su testimonio, serían desproporcionados. Dos ejemplos comentados son los cierres de Larcomar por dos días en enero por incumplir medidas de seguridad o la clausura del Open Plaza de Angamos por un día debido a “errores técnicos”.
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Pio Pantoja, presidente de Aspan, aseguró que los cierres arbitrarios también suceden en los pequeños negocios, pero son menos visibles. Para empresas pequeñas y medianas dejar de operar unos días complica su operación.
“Las autoridades están imponiendo multas con cantidades exorbitantes por algo que se puede modificar inmediatamente. Estamos de acuerdo en que hay negocios que dejan mucho que desear, pero en todas las instancias hay por ejemplo una infracción por encontrar una mosca en alimentos, con multas que van desde S/20 mil o S/40 mil y en otros, las infracciones implican el cierre del local”, afirmó.
“Un día sin trabajar es un día que no comemos. Ante ello hacemos un llamado a las autoridades para que se pongan la mano al pecho, y consideren realmente cuáles faltas pueden ser sancionadas y cuáles no”, enfatizó Andrés Choy, presidente de la ABP, gremio que agrupa a 535,000 mil bodegueros a nivel nacional.
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Los voceros reafirmaron que no están en contra de la fiscalización, pero sí están a favor de que se den parámetros más claros.
“No estamos en contra de las fiscalizaciones, queremos que hagan su trabajo pero queremos que lo hagan mejor. Este es un proyecto de los micro y pequeños empresarios que estamos defendiendo nuestro derecho a trabajar”, agregó Susana Saldaña, presidenta de la Asociación Empresarial Gamarra Perú.
La norma
El proyecto de ley establece que la clausura temporal solo se adoptará cuando “se constata la existencia de un peligro inminente para la vida, la salud o la propiedad de las personas, originado por el incumplimiento de las normas de seguridad en el establecimiento, que no puedan ser subsanados en el acto de inspección”. También se podrá tomar esta medida cuando el titular no cuente con la licencia de funcionamiento.
Asimismo, la clausura no procederá cuando las circunstancias observadas por un fiscalizador “puedan ser subsanadas por el titular o sus representantes, o cuando tales circunstancias hubieran desaparecido al término de la inspección”.
Asimismo, se especifica que ninguna entidad o funcionario o podrá imponer multas administrativas en los casos en que, como resultado de una inspección, se haya dictado una clausura temporal.
Mensaje general
Otros gremios empresariales como la Sociedad de Comercio Exterior del Perú (ComexPerú), la Confederación Nacional de Instituciones Empresariales Privadas, la Asociación de Hoteles, Restaurantes y Afines, la Sociedad Nacional de Industrias, la Asociación de Centros Comerciales y de Entretenimiento y la Asociación Nacional de Cadenas de Boticas, también mostraron su respaldo al proyecto de ley a través de un comunicado.
El documento señala que actualmente los fiscalizadores se atribuyen funciones que no les competen solo para tener excusas para multar y cerrar locales, en perjuicio de más de 5 millones de empresarios mypes.
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En diálogo con este Diario, Jaime Dupuy, gerente de asuntos legales y regulatorios de ComexPerú, indicó que existen malos funcionarios que por falta de discrecionalidad pueden cerrar injustamente un negocio. También advirtió que en muchos casos los fiscalizadores pueden buscar cualquier falla para pedir un pago ilícito a cambio de que no se clausure un local.
Por ello consideró que es necesario que la norma se apruebe.
“El proyecto es un marco legal que crea una regulación al poder discrecional que puede tener el servidor público municipal para que no cometa actos arbitrarios que terminen perjudicando a los ciudadanos”, comentó.
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