El Ministerio de Energía y Minas (Minem) postergó la entrada en vigencia del uso y comercialización obligatorios de solo dos tipos de gasolinas hasta el 1 de enero de 2023.
La medida fue tomada mediante Decreto Supremo N° 006-2022-EM, publicada anoche en edición extraordinaria del diario oficial El Peruano.
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La nueva norma establece dos cambios con respecto al Decreto Supremo N° 014-2021-EM. El primero es la modificación de la fecha de vigencia de la venta de gasolina y gasohol regular y premium, desde el 1 de julio de 2022 al 1 de enero de 2023.
El segundo cambio es respecto al uso y comercialización de combustibles con bajo contenido de azufre. Específicamente en el caso de gasolinas y gasoholes con un contenido de azufre no mayor de 50 ppm.
El decreto anterior fijaba como fecha de entrada en vigencia el 1 de julio de 2022. La nueva fecha es 1 de enero de 2023, y tiene un alcance de nivel nacional, con excepción de las gasolinas y gasoholes de bajo octanaje comercializados y utilizados en los departamentos de Loreto y Ucayali.
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El Gobierno estableció una nueva nomenclatura para el combustible. La gasolina regular tiene un octanaje mínimo de 90 octanos. Mientras, la gasolina premium tendrá un octanaje mínimo de 95 octanos.
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