Entre enero del 2012 y agosto del 2023, las fiscalías de Lima registraron 18.733 casos por violencia sexual contra menores de edad. ECData accedió a los casos y sus estados. Según el análisis realizado, solo el 3,4% de ellos tuvo alguna sentencia.
El distrito fiscal de Lima Noroeste, que incluye a Ancón, El Agustino, La Victoria, Lima, Los Olivos, Puente Piedra, Santa Rosa, Callao, Mi Perú, y Ventanilla, es el que más casos resolvió: 11,9% del total. Por su lado, Lima y Lima Sur, que concentra la mayor cantidad de casos, no han resuelto ni el 1% de ellos.
Brenda Álvarez, abogada de Proyecta Igualdad, considera que estos números evidencian que “en el Perú, como bien lo expresan las cifras, es más probable que una denuncia por violación sexual se archive a que termine en sentencia. (...) Para el sistema de justicia, los derechos de los niños y niñas no ocupan un lugar prioritario. A pesar de que las instituciones deberían implementar estrategias para garantizar el bienestar de las infancias, en el país estas medidas brillan por su ausencia”.
Según la experta, “la negligencia en la investigación y sanción de estos delitos no sólo estimula su perpetración, sino que también disuade a las víctimas de denunciar. (...) Para un niño o niña víctima de violación sexual que busca justicia, enfrentarse a este proceso es como librar una batalla cuesta arriba”.
En medio de la pandemia, el número de casos registrados, que iba en aumento, empezó a reducirse: se pasó de 4.673 en el 2019 a 541 en el 2022. Para Víctor Sausa, abogado especializado en violencia contra menores de ARIFE, la reducción en las denuncias inició en la pandemia, pues uno debía acudir de forma presencial a interponer las denuncias.
“La línea 100 no es ‘call center’ de denuncias, se debe ir de forma presencial a interponerla. Esta modalidad no cambió ni siquiera durante la pandemia”, indica.
Demoras
Desde enero del 2012, más de 9 mil casos, el 48,9% del total, continúan en proceso. Además, según el análisis, existen 4.063 casos registrados desde hace más de cuatro años que aún se encuentran en proceso.
“A pesar de que se establecen plazos específicos para la conclusión de las investigaciones, la fiscalía no suele respetarlos. En particular, la fase de investigación preparatoria, que es cuando la fiscalía decide si formaliza o no la investigación, puede extenderse hasta tres años”, advierte Álvarez, quien afirma que “aunque existe un mecanismo (la tutela de derechos) para abordar la excesiva demora en las investigaciones de la fiscalía, en muchas ocasiones su presentación lleva al fiscal a optar por archivar el caso para evitar la intervención del juzgado de garantías”.
La experta menciona que existen múltiples causas para la demora en la resolución. “Cada fiscalía se enfrenta a su propia carga procesal, que incluye delitos de violencia de género y familiar en gran medida, lo que representa una parte considerable de su trabajo. Además, la falta de personal suficiente dificulta la capacidad de llevar a cabo investigaciones diligentes. En muchos casos, el personal encargado de las investigaciones carece de las habilidades necesarias para realizar una investigación efectiva. Estos elementos son el cóctel de la impunidad”, enfatiza.
Para Álvarez, “una víctima sin acceso a la justicia es una víctima que no se encuentra reparada”. La abogada explica que “en numerosas ocasiones, el acceso a la justicia forma parte integral del proceso de recuperación de las víctimas, y su falta constituye una nueva forma de violencia infligida sobre ellas”.
Casos archivados
Hasta fines de agosto, 8.934 casos, el 47,7%, se encontraban archivados o con sobreseimientos.
Según Álvarez, la causa del archivamiento no siempre están vinculadas a la falta de elementos para determinar culpabilidad. “Tiene que ver con la falta de diligencia en la conducción de la investigación por parte de la fiscalía”, sostiene y agrega que existen diversas razones para archivar uno de estos casos, como “la falta de pericia en la investigación de estos delitos, la influencia de estereotipos de género que a menudo afectan la evaluación de pruebas y testimonios de las víctimas; la falta de conocimiento de los estándares normativos para abordar estos casos, entre otros”.
En el caso de sobreseimiento, Sausa explica que a veces “no existe acreditación o signos visibles de señales físicas, el examen psicológico no cumple con los protocolos correctos, las víctimas no cuentan con abogado o este no es experto en la materia, entre otros”.
¿Qué medidas se pueden tomar?
Entre las medidas urgentes a tomar, Álvarez enfatiza en la importancia de que las fiscalías dispongan de personal debidamente capacitado y sensibilizado para llevar a cabo investigaciones de este tipo de delitos.
“A pesar de contar con las fiscalías especializadas en violencia contra las mujeres e integrantes del grupo familiar, que tienen la competencia para abordar estos casos, esto no garantiza de ninguna manera una respuesta efectiva, ya que el personal asignado no cuenta con las competencias necesarias”, afirma.
Álvarez también sostiene que “resulta imperativo crear un mayor número de fiscalías especializadas en violencia sexual, dotadas de personal altamente capacitado, con el fin de que puedan abordar estos casos de manera eficiente y dedicada”.
Para el abogado Víctor Sausa es necesario “habilitar la capacidad y alcance fiscal, desde la etapa preliminar fiscal, como la posibilidad de hacer uso a todo tipo de medio probatorio de obtención: levantamiento de telecomunicaciones, revisión de equipos tecnológicos, entre otros”.
A ello, agrega que se debería tener un mayor presupuesto para la contratación de profesionales relacionados con todas las etapas de investigación, así como incentivos económicos para motivar la presencia profesional especializada en todas las zonas del país. “En Lima y capitales de provincia se tiene que implementar los Centros Emergencia Mujer (CEM) itinerantes o móviles, que a diferencia de estar esperando en locales fijos, se movilicen en diferentes vecindarios y barrios, para que su presencia motive el recojo de casos, así como capacitaciones de prevención”, subraya.
Finalmente, considera que la Línea 100 y otros canales de apoyo deben tener capacidad de actuación e implementación de de ayuda efectiva. “En la actualidad, a través de este canal o línea telefónica no se puede realizar una denuncia por abuso sexual o similar. Solamente cumple una labor de consejería u orientación, lo que expone al desaliento o mayor temor contra las víctimas de abuso sexual”, advierte.
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